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Documento Fundacional y Programa

[21/09/2005]

Las Empresas Autogestionadas en FETIA (Federación de Trabajadores de la Industria y Afines) - CTA (Central de los Trabajadores Argentinos) realizaron un análisis de su experiencia histórica y se proponen junto a los trabajadores organizados en la Central, generar un espacio para articular las políticas de la central con este sector que incluye a las empresas recuperadas por medio de la autogestión, las cooperativas y mutuales con cualquier objeto autogestionadas por sus asociados, los emprendimientos de grupos comunitarios y organizaciones sociales, los movimientos campesinos, los emprendimientos familiares, y de trabajo directo, urbanos y rurales.

Es una reunión de organizaciones y empresas autogestionadas bajo cualquier formato jurídico y participante de cualquier otro ámbito organizativo de la central o no, para tratar un marco de análisis y propuestas comunes a desarrollar en el marco político social de la CTA.

Algunas definiciones básicas de acuerdo:

- las empresas autogestionadas son experiencias que pertenecen a la clase trabajadora y son continuidad de la historia del movimiento de lucha de los trabajadores argentinos.
- Es necesaria la unidad con los sectores del movimiento trabajador que luchan con sentido clasista sobre el respeto de todas las modalidades de organización y métodos de lucha.
- Organización autogestionaria, es decir, de participación directa, en lo social y económico. Al interior de las empresas y en sus relaciones.
- Determinar unidades de circuito económico social autogestionados que entrelacen territorio, demanda organizada de necesidades y cadena productiva de satisfacción de necesidades, con ahorro popular e inversión pública.
- Promover dos líneas simultáneas de trabajo:

  • La inmediata, que debe procurar la generación de ingresos, inclusión formal de las experiencias autogestionadas y de los trabajadores incluidos en ellas; estabilidad político institucional a los emprendimientos de recuperación de empresas y emprendimientos autogestionados a partir de los marcos jurídicos y tributarios necesarios.
  • La estratégica, que debe constituir los procedimientos autogestionarios de organización, los mecanismos de comunicación y de gestión directa al interior y en las relaciones de las empresas autogestionadas con el conjunto de la clase trabajadora y la comunidad. A partir de una estrategia común de los diversos sectores que la constituyen para la disputa y ocupación de espacios económicos, sociales y políticos. Encaminados a su liberación a través de la construcción de un proyecto nacional de justicia social y soberanía.

Para ello se propusieron distintos instrumentos a construir e impulsar desde el marco de la CTA:

a) Un movimiento que unifique las demandas y reivindicaciones del sector de empresas autogestionadas en todas sus formas.

Fortaleciendo las propuestas de:

Empresa parada, empresa tomada.

Si tocan a uno nos tocan a todos.

Construyendo un programa común, útil a las distintas modalidades de construcción política y social.

b) Una política de formación de cuadros autogestionarios y desarrollo de los procesos de organización de las necesidades populares y sus formas de demanda; gestión por empresas, cadenas y circuitos económicos.

c) Una estrategia de articulación de programas de lucha y disputa de espacios económicos, y alianzas con otros sectores de trabajadores y populares en el marco nacional, del Mercosur e internacional.

d) Un planteo de políticas a impulsar en la gestión pública y a exigir de los poderes del estado, que generen condiciones para el desarrollo de las experiencias autogestionarias y el progreso de la justicia social del conjunto de los trabajadores y el pueblo.

Consideramos fundamental la concertación con la gestión pública popular como indispensable para el tratamiento técnico de las políticas y el aporte científico de las universidades, organismos especializados y equipos profesionales;

Nuestra labor de construcción de modalidades de organización de la demanda y la producción popular es crítica con los actuales planes de gobierno destinados a responder a la situación de pobreza mediante la promoción del trabajo autogestionado y destinados a paliar la emergencia económica y social para reorientarlos hacia el intereses de los trabajadores.

Llamamos a los cuadros científico técnicos y sus organizaciones a reconocerse trabajadores, a comprometerse con esta política de la CTA, con los emprendimientos en su desarrollo cotidiano e involucrarse con su presente de esfuerzo y su futuro de riesgo.

Para ello proponemos la constitución de equipos territoriales multidisciplinarios de apoyo y asistencia a las experiencias autogestionadas comunitarias, campesinas y empresariales, descentralizados e interdisciplinarios entre los organismos existentes.

La unidad en la lucha

Para nosotros la recuperación de empresas, como la creación de emprendimientos en los barrios, la asociación de los productores familiares y campesinos, son caminos de lucha que se reúnen con la reivindicación de los derechos de los trabajadores empleados en relación de dependencia, a partir de una estrategia común de todos los que viven de su trabajo. Por eso vemos la necesidad de enmarcar y unir las luchas en una organización que reúna a todas las expresiones y prácticas organizativas clasistas y combativas. Entendemos que la CTA tiene en su origen y fundamentos esta impronta; la cual, no obstante, debe ser profundizada en condiciones políticas movilizadoras del conjunto tras el bienestar de la clase trabajadora sobre el sustento de la justicia social y la soberanía nacional.

El movimiento de recuperación de empresas, en sus diferentes expresiones (MNER, MFR, Renacer, Zanon), es sólo una parte de la totalidad del Movimiento de los trabajadores y del ámbito de los procesos autogestionados de lucha y resistencia.

La FECOOTRA, creada en los 80, es un ámbito institucional que reúne a cooperativas de trabajo y cumple un rol unificador hacia el movimiento cooperativo nacional e internacional.

La CTA reúne al grupo de empresas autogestionadas que acuerdan con esta línea de construcción autogestionaria, que la vincula con los otros sectores de la clase trabajadora en una estrategia común y que promueve organización a partir de sus instancias regionales y territoriales.

Son tres ámbitos de organización no excluyentes que tienen reivindicaciones y caminos comunes a partir de la presencia de los trabajadores autogestionarios, más allá de cúpulas y liderazgos hegemónicos. Es nuestra voluntad trabajar sobre la base de acuerdos que rescaten la participación directa de las bases en la toma de decisiones y en la construcción de la autogestión cierta de las organizaciones.

Los movimientos y organizaciones de trabajadores desocupados, urbanos y rurales tanto como productores familiares confluyen en necesidades y prácticas que requieren un marco económico, social y político común en el marco de la metodología de la organización autogestionada de las necesidades y del trabajo necesario para satisfacerlas. Por esa razón entendemos desde las Empresas Autogestionadas de la FETIA, que la Central debe convocar a estos sectores a confluir en esta estrategia de organización de la economía autogestionada, como parte fundamental del movimiento político y social.

PROGRAMA

El Encuentro realizado el 25, 26 y 27 de noviembre de 2003 en la Ciudad de Buenos Aires acordó el siguiente Programa a ser discutido por los trabajadores en el seno de las empresas y experiencias de trabajo autogestionado, a los fines de garantizar una participación consciente y la movilización de fuerzas para lograr sus objetivos y exigir los marcos de gestión pública indispensables:

La autogestión de empresas es la búsqueda de los trabajadores por recuperar los ingresos y los derechos laborales perdidos como consecuencia de las políticas de superexplotación y concentración impuestas por las patronales y ejecutadas por los gobiernos hasta hoy.
Esta modalidad de autoorganización de las necesidades populares, las relaciones del trabajo y la producción requieren condiciones político-institucionales a lograr:

En lo jurídico:

1. Legislación que componga un cuerpo jurídico que categorise la función social de la propiedad por sobre el sentido de aprovechamiento individual. Que otorgue el derecho prioritario de los trabajadores a la tenencia estable, propiedad social y usufructo de tierras, las plantas industriales, maquinarias, tecnologías, productos y marcas de empresas fallidas y propietarios negligentes. Y la utilización de bienes productivos ociosos con fines comunitarios y de bienestar general.

Estableciendo un marco regulatorio al derecho de propiedad consagrado por la constitución, especialmente en aquellos casos en los que media vaciamiento, fraude laboral y fiscal, abandono de recursos e instalaciones, y toda modalidad que afecta los intereses de la comunidad productiva y el bienestar común.

Modificación de la ley de quiebras, dando prioridad a los trabajadores a la gestión continuadora de la operación de las fallidos, contemplando este sentido de anteponer el derecho social a disponer de los bienes y recursos por sobre el derecho individual a la propiedad y la prolongación de su condición negligente u ociosa y otras que den origen al ejercicio ilimitado e injusto de la propiedad.

En este marco, reclamamos la resolución inmediata vía decreto presidencial hasta ser ratificado por la ley que surja de 1.- para la transferencia por cesión definitiva de la propiedad de los sujetos fallidos y negligentes y permiso de usufructo de las tierras y empresas actualmente en manos de los trabajadores por vía de leyes de expropiación provincial, resoluciones judiciales provisorias de guarda o tenencia y por ocupación histórica y productiva.

En lo fiscal:

2. Creación vía resolución inmediata de la AFIP de la figura del trabajador autogestionario, a los fines de su registración formal y de constituir una modalidad de aportación fiscal, previsional, y para la seguridad social y del trabajo acorde a las condiciones de ingreso y capacidad de tributación de sus actividades.

Reconocimiento en esta figura del trabajador autogestionario, miembro de organizaciones empresarias colectivas comunitarias, cooperativas de trabajo, de la empresa familiar y campesina, de las organizaciones de producción comunitaria (vinculadas a municipios, escuelas, universidades, organizaciones sociales y religiosas) por sobre la concepción de empresario independiente y a los fines de zanjar la contradicción de la promoción estatal de estos emprendimientos y su posibilidad cierta de actuación formal.

3. Invitación a todas la provincias a rever el sistema tributario y con especial preeminencia para la excepción del tributo a los ingresos brutos para las organizaciones compuestas por trabajadores autogestionarios.

4. Constitución de un Régimen Nacional, Provincial y Municipal de condonación de deudas fiscales acumuladas por las organizaciones autogestionadas y la de sus trabajadores en los últimos cinco años.

En lo social:

5. A partir de la figura del trabajador autogestionario reconocimiento y subsidio complementario para su participación en el sistema de seguridad social y salud.

6. Reconocimiento de una organización sindical propia de los trabajadores autogestionarios, miembros de cooperativas de trabajo, trabajadores familiares, emprendimientos comunitarios y sociales. Creación de una Asociación de Trabajadores Autogestionarios, como herramienta gremial para el desarrollo del sector.
En un todo de acuerdo a la adhesión argentina a las disposiciones de libertad sindical, especialmente cuando las propias organizaciones sindicales por rama impiden la afiliación, negando la protección a las condiciones del trabajo autogestionado.

En lo económico:

6. Agilizar el pago único del seguro por desempleo a los trabajadores de emprendimientos autogestionados como medio para constituir el capital de trabajo de sus emprendimientos.

7. Asignación de partidas y fondos destinados a la constitución del capital de trabajo necesario para financiar la consolidación y creación de puestos de trabajo mediante emprendimientos autogestionados por los trabajadores.

8. Creación de fondos fiduciarios para la resolución de deudas originadas en los procesos de quiebra de empresas retomadas por los trabajadores y de la acumulación de obligaciones impagas por parte de las empresas de trabajadores, por causa de la inequidad o inexistencia de un régimen fiscal adecuado para el trabajo autogestionario, la organizaciones de trabajo comunitario y la labor de producción familiar.

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