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Violencia Laboral En su Artículo 1 dice: Los funcionarios y/o empleados de la Provincia, no podrán ejercer sobre otros las conductas que esta Ley define como violencia laboral.
[8/02/2008]
También en Leyes Nacionales y Provinciales Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo Si bien están los artículos referentes a insalubridad, hasta el momento no han sido reglamentados. Idem ley Nacional. Violencia Laboral: Ley 7232- Pcia. de Tucumán Violencia Laboral: Ley 5349 - Pcia. de Jujuy Ley N°19.587 de Higiene y Seguridad en el Ttrabajo Violencia Laboral LEY N° 1.225/04 Ciudad Autónoma de Bs.As. |
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