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FeTERA-CTA adhiere a las conclusiones del Encuentro de Salud, realizado en Paraná
Encuentro de Trabajadores por la Salud Laboral

Paraná, 6 y 7 de noviembre de 2009

(FeTERA SEMANAL NJ° 534 25.11.09). El Poder Ejecutivo de la Nación sancionó el Decreto 1694/09, por el cual se incrementan las prestaciones dinerarias del sistema de riesgos del trabajo. De esta forma, el Gobierno Nacional vuelve a borrar con el codo lo que suscribe con la mano y se intenta consagrar una formalidad en la participación de los trabajadores, en un contexto de falta de libertad sindical. Con esto se allana el camino a los gremios cegetistas, que pretenden engrosar la tajada que ya perciben en el negocio de los seguros del trabajo ó de los grupos empresarios que pretenden darle a las ARTs forma de mútuas, copiando nuevamente sistemas que en otros países han fracasado.

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La Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina, FeTERA - CTA, adhiere a todos los términos de las conclusiones del Encuentro de Salud realizado en Paraná

-  Documento

CONCLUSIONES

Los días 6 y 7 de noviembre del corriente año, en la ciudad de Paraná; se han dado cita distintas regionales de nuestra Central y representantes de gremios adheridos a ésta, para dar lugar al Encuentro de Trabajadores por la Salud Laboral; de acuerdo a lo resuelto en el anterior Encuentro de Villa Carlos Paz, celebrado los días 17 y 18 de junio y dando continuidad a las políticas trazadas por los Congresos de Delegados de la CTA y de las conclusiones de sus Consejos Consultivos de Salud Laboral.

Nos reunimos a tan sólo veinticuatro horas de la sanción por parte del Poder Ejecutivo de la Nación del Decreto 1694/09, por el cual se incrementan las prestaciones dinerarias del sistema de riesgos del trabajo, con el único y explicitado objetivo por parte de las autoridades laborales de “disminuir la litigiosidad”.

Este Decreto, no es otra cosa que la consecuencia de la falta de acuerdo [1] , explicitada en la fundamentación del Decreto 1694/09, en el seno del Comité Consultivo Nacional de la Ley Riesgos del Trabajo, convocado por Resolución (MTEySS) Nº 729/09 de agosto de este año y por el cual se solicita a la C.G.T. y a las organizaciones empresariales la designación de sus representantes.

Esta entente debía alumbrar un nuevo marco normativo en reemplazo de la Ley 24557 de Riesgos del Trabajo, tocada bajo la línea de flotación por los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los casos “Castillo, Angel Santos c/Cerámica Alberdi S.A.", “Milone, Juan Antonio c/Asociart S.A.” y “Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A.”, por considerar anticonstitucionales disposiciones medulares de la mencionada Ley.

No nos extraña, entonces, que nuestra Central haya sido excluida de estas discusiones, y que se perfile la maniobra de “cambiar algo, para que nada cambie”. Desde el Ministerio de Trabajo de la Nación, se menciona a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), verdaderas protagonistas del fracaso del sistema, como actoras del nuevo instrumento legal; es mas, son interlocutoras privilegiadas junto a la UIA y la CGT. Asimismo, porque éstas desde la cámara empresaria que las agrupa, vienen desarrollando una falaz campaña por los medios de comunicación, intentando mostrar como éxitos, lo que a todas luces fue un fracaso.

La simple existencia de estas entidades de orden privado, ligadas al capital financiero y piedra angular del sistema surgido como parte del paquete de flexibilización y precariedad laboral de los años 90, presupone una inversión de los principios rectores del derecho laboral; a saber, la protección de los más débiles en la relación entre empleadores y trabajadores. El actual sistema de riesgos de trabajo y los “parches” que se le hacen, por ser letra muerta y al sólo efecto enunciativo, las políticas de carácter preventivo y sin ninguna eficacia; muestran su verdadera cara, que es la de garantizar el lucro de la patronales.

Por supuesto, que éstas se cuidan muy bien de explicitar estos objetivos y argumentan que la prevención y la inmediatez de sus prestaciones son su principal función. Estos argumentos colisionan con estadísticas (parciales por omisión de denuncias y porque el sistema sólo atiende al trabajo registrado) que nos hablan de un incremento de la siniestralidad.

En segundo lugar, el sistema vigente y el que se está pergeñando excluye la participación de los trabajadores, como única forma eficaz de cualquier política de prevención, tal como dicta la experiencia internacional, los Convenios y Recomendaciones de la OIT; en particular El Programa Internacional para el mejoramiento de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo(PIACT) [2] , el Convenio 155 [3] y la Resolución Nº 164 [4] . Asimismo se hace caso omiso de las Directrices del MERCOSUR en la materia y los nuevos derechos y garantías de la reforma constitucional de 1994.

De esta forma, el Gobierno Nacional vuelve a borrar con el codo lo que suscribe con la mano y se intenta consagrar una formalidad en la participación de los trabajadores, en un contexto de falta de libertad sindical. Con esto se allana el camino a los gremios cegetistas, que pretenden engrosar la tajada que ya perciben en el negocio de los seguros del trabajo ó de los grupos empresarios que pretenden darle a las ARTs forma de mútuas, copiando nuevamente sistemas que en otros países han fracasado.

La persistencia del sistema aggiornado sólo beneficia al sector empresario enriquecido en estos años, no dispuesto a distribuir la renta, y sí a descargar su propia “crisis” sobre los trabajadores, denigrando aún más los salarios y las condiciones de trabajo y a una dirigencia sindical distraída, cuando no cómplice de las políticas patronales, que avala despidos, suspensiones y rebaja de salarios, con la consecuente degradación de las condiciones de trabajo y las consecuencias que provocan y provocarán sobre el futuro y la salud de los trabajadores y sus familias.

Sin participación y libertad sindical, no hay prevención
Es necesario discutir un nuevo sistema que contemple primordialmente la prevención, con la defensa de la integridad psicofísica de los trabajadores como eje y no en la ganancia empresaria; eliminando la figura de las ART, o cualquier forma o nombre que pudieran adoptar en el futuro, manteniéndose en el orden del derecho privado. Una política en este sentido, debe contemplar en primer lugar una eficaz política preventiva, que permita eliminar el riesgo en su origen y que no depositen en el trabajador la responsabilidad bajo el eufemismo de “hábitos de trabajo seguros”. Y esto no es posible sin la participación de los trabajadores en Comités Mixtos y la instauración de la figura del Delegado de Prevención. Para ello, es necesaria la democratización de las organizaciones de trabajadores mediante la vigencia plena de la libertad sindical y la protección mediante fueros de los trabajadores electos para estas funciones; favoreciendo así que la lucha por la salud y por las condiciones y medio ambiente de trabajo, sean parte integral e inescindible de la estrategia de las organizaciones sindicales.

Asimismo, requiere un fortalecimiento del papel del Estado; tanto en lo que hace a la recuperación del papel de policía del trabajo; como en la articulación de una política integral y universal de salud de los trabajadores (estén o no registrados y con cualquier característica que asuma el trabajo), que garantice la inmediatez de las prestaciones que le sean requeridas con cargo a la patronal que la genere (ya sea ésta privada ó pública), garantizando los derechos establecidos por el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional [5], que tornan en responsabilidad ineludible e indelegable por parte del Estado Nacional, el garantizar todos los derechos de la Seguridad Social.

Reafirmamos el camino trazado en las reuniones del Consejo Consultivo Nacional de Salud Laboral de la CTA y la necesidad de redoblar esfuerzos para que tome estado parlamentario el ”Proyecto de Ley de prevención de los riesgos laborales y reparación de daños e incapacidades derivados de accidentes de trabajo y enfermedades laborales [6] presentado en el año 2006, acompañado por una delegación de nuestra Central en el Congreso de la Nación y enriquecido por el aporte colectivo de los trabajadores.

Por todo lo expresado, ponemos a consideración de la Mesa Nacional, la urgente necesidad de un gran debate que posibilite la formulación de un Plan de Acción Nacional que abogue por la derogación lisa y llana del actual sistema de riesgos del trabajo y la promulgación de un sistema de prevención, que reconozca a la participación de los trabajadores como instancia ineludible para su eficacia, reafirmando el principio de autonomía de la Central de Trabajadores de la Argentina.

Ante esta situación y como contribución al mencionado debate y Plan de Acción, los participantes del Encuentro de Paraná por la Salud de los Trabajadores, respondiendo imperativos éticos y políticos ineludibles, proponemos a la Mesa Nacional:

1. Desarrollar estos espacios de encuentro, análisis, reflexión y acción política.

2. Promover el debate hacia el interior de nuestras organizaciones.

3. Convocar en el transcurso de la semana del 28 de abril de 2010 “Día Internacional en Conmemoración de los Trabajadores Fallecidos como consecuencia del Trabajo” a una reunión del Consejo Consultivo de Salud Laboral para seguir debatiendo y avanzando en la acción política. Consideramos que estos encuentros deben realizarse por lo menos dos veces al año. Pensamos que este encuentro será una oportunidad para que, el Consejo Consultivo junto a otras organizaciones de nuestra Central nos movilicemos hacia las jornadas organizadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para manifestar nuestra posición.

4. Promover la realización de Encuentros por región geográfica y por sector de trabajo.

5. Desarrollar una política de capacitación desde la investigación participante.

6. Impulsar la firma de un petitorio por la derogación del actual sistema de riesgos del trabajo y la promulgación de un sistema de prevención, que permita eliminar el riesgo en su origen y que reconozca a la participación de los trabajadores como instancia ineludible para su eficacia. Consideramos que sería una herramienta muy eficaz para generar el debate en el seno del movimiento obrero

Paraná, 6 y 7 de noviembre de 2009

Firman:
CTA Córdoba
CTA Entre Ríos
CTA Misiones
CTA Paraná
CTA Pcia. de Buenos Aires
CTA Roque Saenz Peña
Secretaría de CyMAT CTA La Pampa
Secretaría de Salud Laboral CTA Río Negro
Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) Filial Paraná
Asociación Gremial Docente UNRC
Asociación de Empleados del Poder Judicial (AGEPJ) Córdoba
Asociación Judicial de Entre Ríos (AJER) Filial Paraná
ATE Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ATE Córdoba
ATE La Pampa
ATE Misiones
ATE Río Cuarto
ATE Río Tercero
ATE Villa María
Bancarios CTA Ciudad de Buenos Aires
Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación de Córdoba (CISPREN)
Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina (FeTERA)
José Rigane, Secretario General
Oscar Lagos, Secretario Gremial
Gabriel Martínez, Secretario de Organización e Interior
Néstor Horacio Iparraguirre, Secretario de Política Energética y Medio Ambiente
José Luis Matassa, Secretario de Relaciones Institucionales e Internacionales
Julio Alberto Acosta, Secretario de Administración y Finanzas
Ana María Sacchi, Secretaria de Actas y Previsión
María Sosa, Secretaria de Acción Social
Humberto Diez de los Ríos, Secretario de Formación
Luis Enrique Torrilla, Secretario de Prensa y Propaganda
Daniel Ignacio Martínez, 1º Vocal Titular
Rubén Epifanio, 2º Vocal titular
Carlos Alberto Granero, 3º Vocal Titular
Alfredo Leonardo Seydell, 1º Vocal Suplente
Ernesto Simionato, 2º Vocal Suplente
Carlos Alberto Guanciarosa, 3º Vocal Suplente
Rodolfo López ,1º Revisor de Cuenta Titular
Jorge Alberto López, 2º Revisor de Cuenta Titular
Carlos Horacio Rossetti, 3 Revisor de Cuenta Titular
Horacio Héctor Rover, 1º Revisor de Cuenta Suplente
Roberto González, 2º Revisor de Cuenta Suplente
Isaac Gurovich, 3º Revisor de Cuenta Suplente
Fundación de Salud Laboral y Medio Ambiente.(FSLyMA - La Pampa).
Instituto de Salud Laboral y Medio Ambiente (ISLyMA - CTA Córdoba)
Luz y Fuerza La Pampa
Luz y Fuerza Mar del Plata
Movimiento Trabajadores Mercantiles Paraná
Sindicato Empleadas en Casas de Familia de Entre Ríos
Sindicato Obrero de la Industria del Algodón de Entre Ríos
Sindicato Trabajadores de la Actividad Hípica de Entre Ríos
Sindicato Trabajadores Tarjeteros de Paraná
Unión de Trabajadores Telefónicos de Córdoba (UTATEC) Córdoba
(continúan la firmas)

[1Dcto 1694/09: ... “aún resta superar importantes diferencias y por ello debe profundizarse el diálogo entre los distintos sectores involucrados a fin de alcanzar una normativa que resulte superadora de los regímenes mencionados.” ...

[2“En el Programa, se sostenía que este modelo debería ir acompañado de un planteamiento participativo que abonase el terreno para el apoyo de la OIT al concepto de cultura de la seguridad”. SAN JUAN, Claudio.Participación de los Trabajadores en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo en Argentina.Buenos Aires, OIT, 2004. (Serie: Documentos de Trabajo, 187)

[3Entre otras importantes consideraciones el Convenio 155 plantea que los trabajadores deben .. “estar protegidos contra el despido y otras medidas perjudiciales cuando cumplan sus funciones en la esfera de la seguridad e higiene del trabajo como representantes de los trabajadores o miembros de los comités de seguridad e higiene”...

[4En el párrafo 17 la Recomendación 164 dispone “No debería tomarse ninguna medida en perjuicio de un trabajador por haber formulado debuena fe una queja por lo que consideraba ser una infracción a las disposiciones reglamentarias o unadeficiencia grave en las medidas tomadas por el empleador en el campo de la seguridad y la salud de los trabajadores y el medio ambiente de trabajo”.

[5Art. 14 bis (Constitución Nacional).- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.

[6Proyecto presentado por los Diputados Nacionales Claudio Lozano, Delia Bisutti, María Fabiana Ríos, Edgardo Depetri, Vilma Baragiola, Marta Maffei, Leonardo Gorbacz, Eduardo Di Pollina y Laura Sesma

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