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Principal : Secretaria de Salud Laboral : Comites Mixtos y Delegados/as de Prevención


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Fue aprobada la ley de Comites Mixtos y Delegados de Prevención
SANTA FE TIENE COMITES MIXTOS Y DELEGADOS DE PREVENCION!

[5/09/2008]

En dos sesiones en el mismo dia de la Camara de Diputados y la de Senadores se sancionó la ley por la cual se crean las figuras del Delegado de Salud y Seguridad y el Comite de Salud y Seguridad en el Trabajo.

El secretario de Trabajo y Seguridad Laboral de la provincia, Carlos Rodríguez, manifestó "una sorpresa y una alegría enorme" por la sanción por parte de la Legislatura del proyecto de creación de los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. De esta manera, Santa Fe se convierte en la primera provincia del país en contar con una instancia paritaria de esta naturaleza –integrada por representantes de los trabajadores y de las empresas– para garantizar la seguridad en los ámbitos laborales.

El proyecto recibió sanción definitiva esta tarde en la Cámara de Diputados, tras algunas modificaciones efectuadas en el Senado. Las barras de ambos recintos estuvieron colmadas por representantes de todas las organizaciones sindicales de la provincia, en apoyo al proyecto.

"Hoy es un día de enorme felicidad para mí", expresó Rodríguez, quien señaló que "ahora tenemos que empezar a trabajar en la instrumentación, buscar auxilio de la Nación para ayudar en la capacitación de aquellos que van a ser delegados del servicio de seguridad en el trabajo y concertar acciones con la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Rosario, con quien ya tenemos adelantada la posibilidad de que coopere en la formación de los trabajadores".

"He peleado toda mi vida por la salud de los trabajadores; ya en los ochenta con (Guillermo) Estévez Boero ayudé a conformar el proyecto que él presentó; entonces yo diría que con esta ley estoy hecho", dijo el secretario de Trabajo, visiblemente emocionado.

Durante el tratamiento del proyecto en la sesión de la Cámara de Senadores, y luego en Diputados, estuvieron presentes los titulares de la Confederación General de Trabajado de Santa Fe y Rosario, Alberto Cejas y Néstor Ferrasa, respectivamente; de la Asociación de Magisterio de Santa Fe, Sonia Alesso; de la Asociación de Trabajadores del Estado, Jorge Hoffman; del Sindicato Argentino de Docentes Particulares seccional Santa Fe, Pedro Bayúgar; el secretario adjunto de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) de la provincia, Edgardo Carmona, entre otros.

Ley de comités de salud y seguridad en el trabajo

Con la sanción del proyecto de ley de Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo por la Cámara de Diputados, Santa Fe se convierte en la primera provincia del país en contar con una normativa de esta naturaleza en materia de salud y seguridad laboral.

Según consta en el texto aprobado por los legisladores, los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo son "órganos paritarios con participación de trabajadores, trabajadoras y empleadores, destinados a supervisar, con carácter autónomo y accesorio del Estado, el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de control y prevención de riesgos laborales y también la consulta laboral y periódica de las actuaciones de empresas, en establecimientos empresarios y dependencias públicas en materia de prevención de riesgos".

Los mismos –que estarán compuestos por igual número de representantes del empleador y los trabajadores– se plantean como objetivo "velar y promover la protección de la vida y la salud de los trabajadores, cualquiera fuera la modalidad o plazo de su contratación o vínculo laboral, y el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo".

La ley se aplicará "en todas las empresas (extractivas o productivas, agropecuarias, industriales o de servicios) privadas y públicas, establecimientos empresarios y dependencias públicas de 50 o más trabajadores, radicadas en la provincia de Santa Fe, cualesquiera fueran sus formas societarias, de capital nacional o extranjero, con o sin fines de lucro".

La normativa también prevé que cuando el establecimiento empresario o dependencia pública emplee entre 10 y 49 trabajadores, se elegirá un delegado trabajador de Salud y Seguridad en el Trabajo, que tendrá idénticas funciones y atribuciones que el Comité.

Funciones de los Comités y los Delegados

Según establece la nueva ley, tanto los Comités como los delegados de la Salud y la Seguridad en el Trabajo tendrán entre sus principales funciones fomentar un clima de cooperación en la empresa, establecimiento o dependencia pública, y la colaboración entre trabajadores y empleadores a fin de promover la salud, prevenir los riesgos laborales y crear las mejores condiciones y medio ambiente de trabajo.

También buscarán "velar por el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y convencionales vigentes en la materia; realizar periódicamente relevamientos destinados a la detección y eliminación de riesgos; participar en la elaboración y aprobación de todos los programas de prevención de riesgos de la salud de los trabajadores; evaluar periódicamente el programa anual de prevención de la empresa, establecimiento o dependencia pública, hacer el balance anual y proponer las modificaciones o correcciones que se estimen necesarias".

La nueva normativa estipula que tanto los Comités como los Delegados podrán "realizar por si o disponer la realización de investigaciones en la empresa, en la materia de su competencia, para adoptar las medidas destinadas a la prevención de riesgos y mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo".

También deberán "conocer y tener acceso a la información y resultados de toda inspección, investigación o estudio llevado a cabo por los profesionales o técnicos de la empresa y las realizadas por la autoridad de aplicación en materia de salud y seguridad en el trabajo".

Finalmente, entre otras atribuciones, podrán poner en conocimiento del empleador y de los trabajadores "las deficiencias existentes en la materia de su competencia y solicitarle al empleador la adopción de medidas tendientes a la eliminación o puesta bajo control de los riesgos ocupacionales"; así como "peticionar a la autoridad de aplicación su intervención en los casos en que considere necesario para salvaguardar la salud y seguridad en el trabajo o ante incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y convencionales vigentes en la materia, y comunicarle inmediatamente la disposición o autorización de la paralización de las tareas en caso de peligro grave e inminente para la salud o vida de los trabajadores".

"La salud no es una mercancía"

Luego de la aprobación del proyecto, el secretario de Trabajo y Seguridad Social de la provincia, Carlos Rodríguez, recordó que "la salud de quien trabaja no es una mercancía para vender sino un bien para defender mediante la prevención".

El titular de la cartera laboral provincial destacó que "la participación es un derecho porque forma parte del derecho a la salud y éste es un derecho básico de cualquier individuo. Cuando hablamos de la salud en el trabajo es un derecho a incidir en las condiciones de trabajo y un derecho a impedir que las condiciones lo dañen. Es un derecho humano central".

Rodríguez remarcó que "la salud es la reserva más importante que tienen los trabajadores porque sin salud no hay trabajo" y agregó que "lo terrible es que se pueda perder la salud como consecuencia del trabajo".

"La salud de quien trabaja no es una mercancía para vender sino un bien para defender mediante la prevención". Al respecto, señaló que "hubo errores, cometidos tanto por empresarios como por sindicatos, ya que al examinar convenios colectivos de trabajo encontramos que existen adicionales por peligrosidad, insalubridad que configuran ventas de la salud. Si un trabajador la vende es porque hay alguien que la compra. Resulta más barato comprarla".

Insistió en que "el derecho a condiciones saludables de trabajo implica el derecho a a conocer como el trabajo influye sobre la salud y a mejorar las condiciones de trabajo. Debe tenerse en cuenta que es metodológicamente imposible conocer a fondo las condiciones de un trabajo sin implicar a los trabajadores que lo realizan. Por otra parte –agregó- es bien conocido que cuanto mejor son representados los trabajadores tanto mas eficaces resultan los programas de prevención".

También en Comites Mixtos y Delegados/as de Prevención

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Fue reglamentada la ley de Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo

Promulgada por Decreto N°2208 - 15/09/2008
Ley 12.913 - Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo - Santa Fé

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SANTA FE - SAN LORENZO
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