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Accesibilidad cultural. Otro ladrillo en la pared [31/10/2006] Pocos conocen que, a nivel nacional, rige desde el año 1997 el Programa “Integrándonos por la Cultura”. El mismo fue creado por Resolución 1656/97, con el fin de atender las demandas de acceso a la oferta cultural a las personas e instituciones vinculadas con la temática de la discapacidad. Un avance importante que permite la participación activa de este sector de la población en la vida cultural de la sociedad.
Esta resolución es dictada por la Secretaría de Cultura dependiente de la Presidencia de la Nación, entendiendo de este modo que la integración cultural es un imperativo en todo Estado democrático que pretenda velar por los sectores más vulnerables de la sociedad y que, por lo tanto, es quien debe constituirse en vehículo facilitador de la igualdad de oportunidades en la esfera de su competencia. Los objetivos esenciales del programa, a mi entender, transitan por dos ejes fundamentales: a) Asegurar el acceso de personas con discapacidad a las actividades culturales, ello es facilitar su integración y disfrute de las actividades culturales en calidad de espectador. b) Capitalizar y difundir la experiencia, el conocimiento y su saber como hacedores de la cultura, lo cual implica fomentar la integración de artistas discapacitados en el mercado cultural. En esta inteligencia, las acciones positivas se dirigen a: 1. Coordinar acciones con organismos nacionales y provinciales y organizaciones no gubernamentales, vinculados a esta temática. 2. Fomentar el desarrollo de actividades de integración cultural en todas las regiones del país. 3. Proponer la convocatoria de intérpretes, artistas, artesanos y toda otra persona vinculada a la cultura que considere de interés, a fin de que participen en carácter de protagonistas de las actividades del área. Casi a continuación de la sanción de la normativa comentada, la Secretaría de Cultura de la Nación dicta también la Resolución 1700/97, por la cual se exceptúa a personas con discapacidad del pago de cualquier derecho de admisión en todos los conciertos, muestras, obras teatrales, exposiciones y cualquier otra actividad que organice la mencionada secretaría y sus organismos dependientes. Asimismo, dispone bonificar al acompañante de la persona discapacitada en un cincuenta por ciento (50 %) del importe de la entrada. Las resoluciones expuestas merecen la siguiente reflexión: es bastante fácil redactar un marco normativo que exprese peticiones de principios. Siempre es fácil decir que los sectores más necesitados requieren mayor contención, que un niño es la prioridad en toda sociedad, que la educación es el pilar de una ciudadanía pensante, y así podríamos seguir enumerando cantidades de frases escuchadas repetidamente. Las cuales son todas muy válidas, por cierto. También lo es el hecho de que una persona con necesidades especiales, independientemente de los talentos que posea, tiene serias dificultades al momento de insertarse útilmente en la comunidad. Así, por ejemplo, en el ámbito laboral, se han dictado normas protectivas al respecto como en lo que atañe a la accesibilidad arquitectónica y urbanística, por mencionar sólo dos aspectos. En síntesis: lo que destaco es que, más allá de que el organismo del que emana la norma manifieste las motivaciones que los han llevado a dictarla, es indispensable, como en este caso, volver operativas esas cláusulas. Un ejemplo de ello es la exención económica de acceso no sólo para la persona con discapacidad sino la bonificación al acompañante, puesto que muchas veces aquel no puede concurrir por sus medios, por lo que entonces sería de imposible cumplimiento. En la ciudad de Buenos Aires En concordancia con las resoluciones nacionales, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires también se ha hecho eco de tal iniciativa mediante la Ley 28 sancionada con fecha 14/05/98. A través de ella se obliga a todas las personas físicas o jurídicas de carácter estatal o privado que organicen espectáculos públicos de concurrencia masiva a reservar -en el lugar donde se lleven a cabo- un sector perfectamente delimitado y de fácil acceso y/o egreso y que garantice la visibilidad, cuya superficie será acorde con la magnitud del evento, para que sea ocupado en forma exclusiva por personas con necesidades especiales. Esta ley no hace más que complementar a aquella primera norma marco que instituyó el Sistema de Protección Integral de los discapacitados (ley 22.431), la que luego fue complementada por normas posteriores y ampliándose en sucesivas reglamentaciones. El concepto de “accesibilidad al medio físico” ha sido claramente rescatado y explicitado por la ley 24.314, que data del año 1994, con el fin de lograr la adecuada accesibilidad para las personas con movilidad reducida. El objetivo fundamental siempre ha sido lograr que las personas con movilidad reducida puedan gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía para actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte. Este es el concepto que la norma define como “Accesibilidad”. Avanzar por este camino es lo correcto: así como es loable que se haya perseguido el objetivo de que deben existir espacios terapéuticos y educativos acordes a las limitaciones físicas de un niño, joven o adulto con discapacidad velando así por el derecho esencial de todo ser humano a la salud y a la educación, fomentar un criterio de accesibilidad para actividades recreativas y/o culturales con plena inserción y autonomía, implica confirmar que este también es un derecho básico; es entender a la persona con capacidades diferentes desde su integridad, defendiendo su necesidad no sólo de atenderse sanitariamente, educarse en ambientes propicios o viajar adecuadamente sino también a desarrollar este otro aspecto, quizá más intangible y menos difundido como es el de participar activamente en la vida cultural de una sociedad. Laura Subies* * Laura Subies es abogada. Fuente: El Cisne También en Noticias de interés general Destacan acciones de organizaciones que trabajan en temática de la discapacidad En Formosa existen varias organizaciones sociales de discapacidad, las cuales desde hace varios años trabajan desarrollando acciones vinculadas a esta temática. A nivel provincial, estas organizaciones forman parte del Consejo Provincial para la Atención, Promoción e Integración de las personas con discapacidad. Ofrecen servicios de atención y estimulación temprana, rehabilitación física y neurológica, kinesiología y nebulizaciones, asesoramiento a la comunidad en temas relativos a la discapacidad, recreación y deportes, artística y folklore, talleres polivalentes para el aprendizaje de un oficio, programas de empleo comunitario en articulación con Gerencia de Empleo Formosa, todos servicios destinados a las personas con discapacidad de la comunidad. “Este espacio nace para la lucha, para la contención” Con las palabras del secretario general de la CTA Corrientes, Feliciano Romero, que propuso: “No al yo, pensemos como nosotros”, se rescató el trabajo en conjunto realizado en las comisiones de salud, educación y trabajo, en el marco del III Encuentro Regional de Discapacidad que concluyó el viernes. Construyendo poder para seguir avanzando Se inició ayer en San Salvador de Jujuy el III Encuentro Regional de Discapacidad. Durante la jornada el secretario de Discapacidad de la CTA Nacional, Carlos Ferreres, llamó a “tomar conciencia del poder que tenemos para poder seguir avanzando” y hablo sobre el futuro, sobre los niños: “hijos del pueblo, los necesitamos para hacer un país que merecemos”. “El Derecho tiene que ser un instrumento de transformación” Así lo planteó Horacio González, abogado asesor de la CTA en Seguridad Social, en el marco de las Jornadas de Capacitación que promueve nuestra central. Junto a León Piasek, abogado Laboralista y María Terragno, abogada, integrante de la Asesoría Jurídica de ATE, sentaron las bases para un accionar concreto que logre hacer reales y efectivos los derechos. Se creó el cargo de Maestro Intérprete En la lucha por más y mejores condiciones de trabajo y en defensa de la educación de todos los estudiantes, el gremio de docentes bonaerense impulsó la creación del cargo de Maestro Especial Intérprete de Lengua de Señas Argentina (LSA). Una vez más la acción gremial da repuestas. Los aspectos legales de la discapacidad El viernes 26 de junio se realizará en la sede nacional de la CTA el IV encuentro que dará cierre a las Jornadas de Capacitación y Promoción de Derechos en el Ámbito de la Discapacidad. El NEA convocado por la discapacidad Con la presencia de los secretarios generales de las CTA Formosa, Corrientes y Misiones se realizó la segunda jornada de trabajo. Se destacaron las particularidades regionales, el esfuerzo y el compromiso de los trabajadores respecto a la temática así como la fuerte necesidad de crear áreas de discapacidad dentro de las centrales regionales. “Nuestro modelo productivo genera discapacidad” Así lo afirmó Juan Pasaman, secretario general de la CTA Misiones, en la apertura del II encuentro Regional de Discapacidad que comenzó hoy en la capital provincial y que se extenderá hasta mañana. La presencia de representantes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Comisión Nacional de Discapacidad e importantes delegaciones ceteatistas de Chaco, Formosa, Entre Ríos, Corrientes y Misiones, refuerza el compromiso en la consecución de los derechos de las personas con discapacidad. MAESTRO ESPECIAL INTÉRPRETE DE LENGUA DE SEÑAS ARGENTINA SUTEBA continúa peleando por más y mejores condiciones de trabajo para nuestras/os compañeras/os, junto con la defensa permanente del Derecho a la Educación de todos los estudiantes. “La Discapacidad no es un problema de especialistas” En estos términos, Liliana Díaz, responsable del área de salud de la Secretaria de Discapacidad de la CTA, desarrolló el tercer módulo de la capacitación que organiza nuestra central junto a la Fundación Trabajo y Justicia Social. También expuso el Equipo Docente de Capacitación en Salud Laboral de ATE provincia de Buenos Aires, cuyo aporte avanza en la comprensión de que la discapacidad es un tema que compromete al conjunto de los trabajadores. |
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