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Derechos humanos y discapacidad
Informe presentado por el Defensor del Pueblo de la Nación ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

[16/04/2007] El Defensor del Pueblo de la Nación D. Eduardo Mondino, presentó ante la IV Sesión del nuevo Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en la ciudad de Ginebra el Informe sobre Discapacidad en la República Argentina.

Esta asamblea se desarrolló durante los días 21 a 23 de marzo del corriente año en el marco de la Asamblea del Comité de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de Naciones Unidas, del cual, el Defensor Eduardo Mondino es Titular desde el año 2004, habiendo sido reelegido en el año 2006.

En ese marco el 21 de marzo, el Defensor se reunió con la Alta Comisionada de Derechos Humanos Dra. Luisa Albour a quien se le presento el informe sobre Discapacidad, y el día 22 se presentó el citado informe ante el Consejo de Derechos Humanos.

Situación actual de la Discapacidad en Argentina

- Marco Conceptual

Para realizar una evaluación de la situación de las personas con discapacidad en Argentina, este documento toma como esquema básico el encuadre que establecen las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (ONU, 1993) y el Pacto Internacional Sobre los Derechos Económicos Sociales y Culturales (que incluye la Observación General 5/94 del respectivo comité), además del Pacto Internacional Sobre Derechos Civiles y Políticos.

La situación que se describe a continuación implica no respetar los principios de no regresividad, de no discriminación, de equiparación de oportunidades e igualdad de trato, regulados por el derecho internacional y nacional. Esto provoca la marginación de las personas con discapacidad y la conculcación de sus derechos humanos fundamentales.

- Mayor Toma de Conciencia

Se advierte sólo una incipiente participación de las personas con discapacidad en la vida política y ciudadana en merito a:

1.- El desconocimiento de las mismas personas respecto de sus derechos.

2.- La escasa concientización social sobre la problemática, marcada por mitos prejuicios, negaciones y enfoques asistencialistas.

3.- Las múltiples barreras que dificultan o impiden el ejercicio de las actividades de la vida diaria.

4.- La escasa implementación de campañas de difusión y concientización.

5.- La escasa articulación con organizaciones sociales reivindicativas de Derechos Humanos, de y para Personas con Discapacidad, dentro de la actividad comunitaria y estatal.

- Derecho a la Salud y Rehabilitación

Al respecto se advierte:

1.- Presuntos sucesivos desfinanciamientos de obras sociales.

2.- Excesiva dilación de la prestación de servicios.

3.- Reiterado cuestionamiento de prestaciones por parte de auditorias médicas.

4.- Resistencia de las empresas de medicina prepaga a brindar cobertura.

5. Falta de reglamentación de prestaciones complementarias (ej.: ayudas económicas para la atención de necesidades sociales).

6.- Insuficiencia de establecimientos públicos dedicados a la rehabilitación.

7.- Proliferación de entidades privadas que argumentan la libertad de contratación para negar la asociación de personas con discapacidad.

8.- Inexistencia de instituciones que atiendan discapacidades múltiples o apliquen enfoques multidisciplinarios.

9.- Excesiva demora en la resolución de los casos e insuficiencia de recursos disponibles para la continuidad de los tratamientos en rehabilitación.

10.- Limitaciones observadas en la certificación de la discapacidad por considerar sólo el plano de la salud sin tener en cuenta el aspecto social.

11.- Demoras en el procedimiento administrativo para el otorgamiento del respectivo certificado.

12.- Falta de implementación de Juntas Evaluadoras en las diferentes jurisdicciones.

13.- Escasez de profesionales capacitados para la certificación.

14.- Negación de la aplicación de la clasificación internacional para el Funcionamiento de la Discapacidad y la Salud (CIF).

15.- Desmantelamiento de los ya precarios Servicios de Salud Mental.

16.- Ausencia de eficaz programa de detección precoz de discapacidades.

- Educación

En torno a la inclusión educativa se advierte:

a) La existencia de barreras arquitectónicas en los establecimientos educativos;

b) La insuficiencia de transporte público a fin de acceder a los centros de enseñanza;

c) La insuficiencia de profesionales docentes idóneos en discapacidad;

d) La escasez de adaptaciones curriculares según tipo de discapacidad de los educandos;

e) La ausencia de la temática en los programas de estudio;

f) La no integración de las organizaciones sociales de personas con discapacidad en las actividades desarrolladas por las comunidades educativas;

g) La escasa inclusión de docentes con discapacidad en planteles de educación;

h) La insuficiencia de tecnología adaptada a las necesidades de personas con discapacidad sensorial y mental;

i) La no permanencia de los Gabinetes de Orientación Pedagógica en los establecimientos educacionales y concurrencia parcial de maestros de apoyo;

j) La subsistencia de barreras culturales signadas por el desconocimiento, el temor, o el imperio de ideologías segregacionistas;

k) Falta de articulación en el accionar entre los distintos niveles de educación;

- Accesabilidad

Se observan severas limitaciones en la inclusión a causa de la persistencia de barreras físicas y comunicacionales cuya supresión ordenada por ley es prácticamente inexistente. Sólo se verifican escasos avances en algunos sectores de pocas ciudades del interior del país y del Area Metropolitana de Buenos Aires, cuya situación se caracteriza por lo siguiente:

1.- Vía Pública: insuficiente construcción de vados de cordón y presencia de múltiples obstáculos.

2.- Edificios estatales y de servicios públicos: nuevas construcciones que no respetan la normativa de accesibilidad y adaptación de escaso número de edificios reducida a la instalación de rampas que, con frecuencia, tampoco cumplen con los requisitos reglamentarios.

3.- Viviendas accesibles: escasa existencia de viviendas particulares y de albergues para gente sin recursos. La ejecución de obras de adaptación en los edificios de viviendas colectivas se ven dificultadas con frecuencia.

4.- Transporte Público de Pasajeros en todos sus modos: en la jurisdicción nacional es muy baja la cantidad de estaciones y unidades de transporte accesibles, déficit que se acentúa hasta llegar a ser total en la mayoría de las jurisdicciones provinciales y municipales. El bajo porcentaje de unidades teóricamente accesibles, disminuye significativamente al momento de intentar hacer uso de las mismas.

Las siguientes causas determinan la situación referida:

1. Incumplimiento de las funciones de los máximos organismos del Estado con responsabilidad específica.

2. Incumplimiento de la legislación vigente por parte de los sectores de la sociedad civil intervinientes y de los Estados al momento de ejecutar nuevas obras e incorporaciones y realizar las adaptaciones que indica la ley.

3. Neutralización del espíritu y la letra de leyes mediante el dictado de reglamentaciones contradictorias.

4. Falta de información y formación en accesibilidad de los egresados universitarios y los agentes y profesionales que actúan en áreas de planeamiento, arquitectura, obras particulares, espacios públicos u otras.

5. Falta de avance mediante acciones concretas en la implementación del Plan Nacional de Accesibilidad, herramienta para la coordinación de los recursos y acciones nacionales, provinciales y municipales, con el fin de lograr la plena accesibilidad en todo el territorio nacional.

6. Mal cumplimiento de las funciones de fiscalización y control por parte de los organismos responsables.

7. Pasividad ante el mal desempeño de los organismos con responsabilidad especifica.

- Trabajo

La legislación vigente en relación con la inserción laboral de las personas con discapacidad, reconoce tres vertientes de inserción al empleo:

1.- La incorporación de un cupo laboral reservado en la administración pública y empresas concesionarias prestadoras de servicios públicos.

2.- La concesión de espacios para la explotación de pequeños comercios en las sedes administrativas de los organismos públicos y de las citadas empresas.

3.- Los talleres protegidos de producción (TPP) y los grupos laborales protegidos.

1. Respecto al cupo se advierte

1.1. Incumplimiento de legislación vigente.

1.1 Contradictorias reglamentaciones de la normativa.

1.2 Escaso llamamientos a concursos públicos para cubrir vacantes.

1.3 Inaccesibilidad a establecimientos laborales

1.4 Falta de adecuación de puestos de trabajo.

1.5 Escasa concientización sobre las capacidades remanentes de los trabajadores con discapacidad.

1.6 Excesivo clientelismo político.

1.7 Escasa intervención de los organismos de aplicación y contralor.

1.8 Reducida capacidad de autogestión del aspirante a ingresar al puesto laboral.

1.10 Insuficiencia del transporte publico de pasajeros.

1.12 Exclusión de trabajadores que sufren diversidades funcionales a raíz de accidentes laborales.

2. En cuanto a la concesión de pequeños comercios se verifica:

2.1 La no implementación de los registros de espacios disponibles y otorgados, indicados por ley.

2.2 La inaccesibilidad física de muchos de los organismos obligados.

2.3 La escasa empatía de las autoridades a cargo de los entes obligados.

2.4 La prevalencia de la capacidad de autogestión de los concesionarios designados.

2.5 La inexistencia de espacios concesionados en establecimientos educativos, obras sociales, entes autárquicos y/o empresas de servicios públicos.

2.6 Se verifica la competencia desleal llevada a cabo por personas ajenas a la concesión, con anuencia de la autoridad del organismo.

3. Partiendo de la legislación vigente, se observa:

3.1 Falta de reglamentación de la normativa

3.2 Ausencia de apoyo económico por parte del estado para compensar el déficit operativo de los TPP, desconociendo el fin social que cumplen.

3.3 No reconocimiento de derechos reconocidos a los trabajadores en general (remuneración, aportes previsionales, régimen de licencias)

3.4 Imposición de cargas impositivas a las entidades de bien publico que los dirigen.

3.5 Reducida posibilidad de comercialización de bienes y/o servicios producidos por los TPP.

- Seguridad social

1. En relación con trabajadores en actividad se produce un excesivo otorgamiento de jubilaciones en edades productivas, en lugar de promover sus capacidades remanentes y la adecuación de los puestos de trabajo.

2. Se verifica la no continuidad de tratamientos de rehabilitación por modificarse la cobertura social.

3. Respecto a las personas con discapacidad sin recursos se otorgan pensiones por invalidez (beneficios no contributivos) que registran montos significativamente bajos, y que no incluyen al grupo familiar primario.

Para ello, se exige reunir requisitos de dificil cumplimiento (veinte años de reincidencia para un menor extranjero) o que atentan contra su carácter de titular de derecho (falta de recursos de los familiares obligados a hacerse cargo).

4. Irregular aplicación de baremos previsionales para determinar el porcentual de discapacidad laborativa.

5. La percepción de este beneficio impide la obtención de cualquier otro subsidio.

6. Los beneficiarios de pensiones por invalidez reciben cobertura médica por parte del Programa Federal de Salud, que no reconoce las prestaciones asistenciales y/o educativas que indica la legislación nacional, como
obligación a cargo de las obras sociales.

- Cultura

1. Las expresiones artísticas y/o culturales desarrolladas por personas con discapacidad raramente se consideran remunerativas. Más bien, son tomadas como una actividad de recreación, un método terapéutico o un recurso de sensibilización, impidiendo que el artista con discapacidad pueda desarrollarse laboralmente en una actividad libremente escogida o aceptada.

2. Múltiples barreras físicas en sala de espectáculos, bibliotecas, museos y salones de conferencia.

3. Escasa tecnología instalada en los centros de recreación y/o culturales para personas con deficiencias auditivas y mentales.

4. Mínima participación de personas con discapacidad llevados a cabo en forma conjunta con artistas sin discapacidad.

5. Imposibilidad u onerosidad de los traslados hacia los centros de recreación y/o culturales por inaccesibilidad al transporte público.

6. Mayores costos en las localidades a ocupar por personas en sillas de ruedas por falta de lugares accesibles integrados al resto de los espectadores.

- Deporte

1. Falta de capacitación de docentes afines para la participación de deportistas con discapacidad.

2. Inexistencia de partidas presupuestarias a los fines de promover la participación de personas con discapacidad en actividades deportivas competitivas, a pesar de su inclusión en el plan nacional de deportes.

3. Desconocimiento del fin terapéutico que el deporte y las actividades recreativas tienen en los procesos de rehabilitación.

4. Nula articulación por parte de federaciones y asociaciones deportivas dentro de una política federal en la materia.

5. Escasa infraestructura y en materia de recursos humanos que atiendan los requerimientos de los deportistas con discapacidad.

6. Ausencia de personas con discapacidad en las decisiones en materia de política deportiva.

- Acceso a la Justicia

La mayoría de los derechos previamente enunciados logran hacerse efectivos a partir de poner en marcha la actividad jurisdiccional, sin embargo, se advierte una escasa intervención del poder judicial en materia de derechos
de las personas con discapacidad.

Se observa que los principales obstáculos - ademas de los propios de la actividad judicial - detectados son:

1. Desconocimiento de las mismas personas sobre los derechos de que son titulares y de los procedimientos aptos para exigir su efectivización.

2. Desconocimiento tanto de la legislación especifica como de la problemática en si misma por parte de los profesionales llamados a prestar asesoramiento e intervenir judicialmente.

3. Fallas en los sistemas y procesos de peritación.

4. No aplicación de mecanismos de contralor en el sistema de representación (Ej. Cúratelas).

5. Conflictos normativos.

6. Escasez de recursos económicos para satisfacer necesidades básicas y afrontar al mismo tiempo los gastos de la acción judicial.

7. Escasa conciencia sobre el principio de igualdad de oportunidades y de trato.

8. Falta de aplicación de regimenes de penalidades.

9. Lentitud procesal.

10. Ausencias y o falencias en las reglamentaciones.

11. Escasez de partidas presupuestarias.

12. Mínima actuación de oficio por parte del poder judicial.

13. Escaso y/o lento grado de cumplimiento de las sentencias judiciales.

- Política Económica

Podría decirse que los requerimientos propios de las personas con discapacidad encuentran sustento económico en partidas asignadas a programas o proyectos dirigidos a una cuestión puntual objeto de ese programa o proyecto, en lugar de contar con una planificación y una dirección que merezca su inclusión en el presupuesto nacional.

Así, existe la previsión presupuestaria determinada por la Ley Nacional que establece una recaudación aleatoria, que depende de la imposición de multas por cheques mal confeccionados. Los proyectos o programas son presentados ante los organismos competentes en procedimientos harto burocráticos de aprobación que no tienen correlato en las etapas de seguimiento y/o control.

Generalmente se observa que la actividad desarrollada meced a esos programas redundan en beneficio de las organizaciones que los formulan, pero tienen una baja incidencia en equiparar las oportunidades de las personas con discapacidad.

Es reiterada la subejecución de los fondos recaudados y su desviación hacia fines no contemplados por la normativa especifica.

- Conclusiones

De todo lo señalado, se concluye que:

1. Falta implementar una política pública adecuada en materia de discapacidad que prevea medidas de acción positiva en las etapas de planificación, ejecución, dirección, y fiscalización por parte de los organismos Estatales competentes.

2. No se respeta el protagonismo de las personas con discapacidad o de sus organizaciones sociales reinvidicativas de sus derechos humanos en los
ámbitos de decisión de aplicación de esas políticas publicas.

3. Es escaso y/o parcial el cumplimiento normativo por parte de organismos estatales y/o particulares.

4. Se registra una mínima aplicación de sanciones para los casos de incumplimiento.

5. Se detecta el mal o irregular cumplimiento de las funciones de los distintos organismos nacionales, provinciales y municipales con responsabilidad en la materia.

6. Se verifica la insuficiencia o incorrecta distribución de los recursos económicos dispuestos en la materia.

7. Resulta indispensable una mayor intervención por parte del Poder Judicial a fin de hacer efectivos los derechos humanos de las personas con discapacidad.

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