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Atucha II El sector energético argentino, por décadas no sólo financió su propia expansión sino que contribuyó con su renta a ampliar la infraestructura del país, no es económicamente sustentable hoy, porque la renta de los hidrocarburos ha sido apropiada en gran medida por las empresas transnacionales.
Para la Comisión Nacional de Energía Atómica, para Nucleoeléctrica Argentina -la empresa estatal que opera las centrales nucleares- y para el conjunto de los trabajadores del sector estos anuncios, si bien no aportan sorpresas, son un signo alentador dentro un proceso de frustraciones e incertidumbre que lleva ya muchos años. La entrada en operación de CNA II significará una recuperación de la participación de la nucleoelectricidad en la generación de energía eléctrica que, del 16% en 1996, ha descendido al 8% en la actualidad. Pero más allá de su trascendencia para el sector nuclear, es importante situar este anuncio en el marco de las distintas iniciativas hechas públicas por el PEN para el sector energía. Varias de ellas, como las referidas a la terminación de la central nuclear y a la elevación de la cota de Yacyretá, ya habían sido anunciadas en el llamado Plan Energético 2004-2008. Es indudable que ha habido dificultades especiales que explican -en parte- que la gestión de esas obras haya avanzado poco desde entonces. En el caso de CN Atucha II el factor principal, hoy superado, de este atraso, ha sido la reticencia a participar de los trabajos pendientes por parte del diseñador original de la planta. Si recordamos que originalmente CNA II debió haberse terminado en 1987, comprenderemos las dificultades para recomponer este proyecto, víctima de una gestión errática, particularmente durante el período en que se intentó la privatización de Nucleoeléctrica Argentina. Las dos grandes obras anunciadas, la ampliación de Yacyretá (1400MW) y CN Atucha II (700 MW) no estarán operativas hasta el 2009 y 2010 respectivamente. Esto significa que no pueden contribuir a paliar en el corto plazo la escasez de oferta de energía eléctrica, ya reconocida hace más de dos años y hoy insoslayable. Es así que la Secretaría de Energía ya anunció recientemente que están en curso de adjudicación las licitaciones para proveer dos centrales térmicas de ciclo combinado con una potencia total de 1600 MW, alimentadas a gas o gas oil; estas unidades no entrarían en operación hasta, como mínimo, fines de 2007. La fecha lleva al interrogante sobre si la provisión de gas para su alimentación será suficiente, dado que para entonces difícilmente esté operativo el nuevo Gasoducto del Norte; la operación continuada con combustible líquido encarecería el kwh producido. De todas maneras, y aún considerando las otras medidas en curso: ampliación de la capacidad de transporte y convenios para suministro de electricidad con países vecinos, no se puede ser optimista sobre el desenvolvimiento de la oferta de energía eléctrica en el futuro cercano y descartar la "amenaza" de tener que recurrir a restricciones al consumo. Para la energía nuclear las perspectivas en el mediano plazo son alentadoras. Se plantea la extensión de la vida útil de la central Embalse. Las modificaciones y reparaciones necesarias -que requerirían a su salida de operación por un período algo menor de 2 años- se llevarían a cabo una vez inaugurada la planta de CNA II. Se prevé que la cuarta central -cuya prefactibilidad se estudiará conjuntamente con Atomic Energy of Canada (AECL)- será, como las existentes, alimentada con uranio natural y probablemente también con uranio levemente enriquecido. La elección reaseguraría en buena medida la continuidad de la planta de agua pesada. Por último, la cuestión más controversial de los emprendimientos es su financiación. En el caso de las obras de Yacyretá -la elevación de la cota de la represa y la construcción del cierre de Aña Cuá- los aportes a través de fondos fiduciarios y propuestas de financiación privada, han tropezado con desacuerdos con la contraparte paraguaya. Para las centrales de ciclo combinado se han capitalizado las deudas con generadores del sistema y se les otorga a los principales acreedores la gestión de la construcción, y luego serán sus operadores. Para CNA II el fondo fiduciario está a cargo del Ministerio de Planificación Federal, pero se insinúa que los proyectos de la IV central incluirían financiación privada. En todos los casos, y teniendo en cuenta los antecedentes de las obras que sufrieron importantes retrasos, en gran medida por la irregularidad de los flujos de fondos, la financiación aparece como una espada de Damocles y se ha creado el convencimiento de que la contribución privada es imprescindible. Cabe preguntarse entonces por qué el sector energético argentino, que por décadas no sólo financió su propia expansión sino que contribuyó con su renta a ampliar la infraestructura del país, no es económicamente sustentable hoy. La respuesta es simple: la renta de los hidrocarburos ha sido apropiada en gran medida por las empresas transnacionales, el Estado sólo retiene una parte reducida de la misma y a los grandes beneficiarios de la política energética de las dos últimas décadas no les resulta suficientemente ventajoso invertir. Por ello, ni las obras aisladas resolverán el problema de la oferta eléctrica, ni el Estado, en tanto no nacionalicemos el petróleo y el gas, estará en condiciones de generar un plan energético sustentable en el mediano y largo plazo. También en Electricidad- térmica - nuclear- hidráulica - otras Por no aplicar la Tarifa de Interés Social la Justicia le requiere respuesta al Intendente del Partido de La Costa Suplementos FeTERA Resumen de problemas jubilatorios relacionados con la Ley 22.929* Suplementos FeTERA Para la celebración de paritarias en la Autoridad Regulatoria Nuclear desde la APCNEAN presentamos acción de amparo ante la Justicia (FeTERA SEMANAL N° 579 04.11.10). la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN), presentó ante la Justicia una Acción de Amparo por Mora, con el objeto que se intime, en los términos del art. 28 de la Ley 19.549 de Procedimiento Administrativo, al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS) para que se expida sobre la solicitud de convocatoria a la celebración de Paritarias en la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN). 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