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CAMUZZI S.A. = IEBA S.A. = EDEA S.A. Secretaría de Prensa Luz y Fuerza MdP
De acuerdo con la Ley 11.771, del 1996, el 10% del capital accionario de EDEA S.A. debía ser adjudicado a los trabajadores de la empresa que adhirieran al Programa de Participación Accionaria del Personal, en compensación por la pérdida de su condición de empleados estatales. La gran mayoría de los trabajadores se adhirieron al PPAP, con ajuste a la Ley, adquiriendo así la condición de accionistas de EDEA S.A. Antes las gravísimas violaciones se ha solicitado en el expediente judicial la remoción de la totalidad de los directores y de los síndicos, conjuntamente con la designación de un interventor judicial para que tome las decisiones que correspondan, a efectos que el capital de EDEA S.A. se conforme según lo que se previó inicialmente en la Ley 11.771, su reglamentación y anexos.
SITUACION ACTUAL DE LA CAUSA JUDICIAL1) ANTECEDENTES. ¿Cómo se pagaban las acciones? El Comprador del paquete accionario. ¿Cómo pasarían las acciones a manos de los trabajadores?
¿Quién debía controlar este proceso? ¿Quién ejercería nuestros derechos? 2) LA PUESTA EN MARCHA. El proceso posterior.
3) LOS RECLAMOS1998 - 2001. Una demora poco transparente.
2002. Inicio de las acciones judiciales. 2003. Designación de un Veedor. 2004 - 2005. Ampliación de sus facultades. Se descubren graves irregularidades.
4) SITUACIÓN ACTUAL¿Contrato o mal trato? Las diferencias más importantes son: LO ÚLTIMOEl Ministerio de Infraestructura de la Provincia, a través del Subsecretario de Obras Públicas, con fecha 22/03/07 le remitió a EDEA una carta documento que es la consecuencia de las actuaciones 2403-1745/06, iniciadas por este Sindicato, por la cual se la intima para que, en un plazo no mayor de 20 días, el Directorio convoque a una Asamblea especial de accionistas, para que éstos decidan sus representantes en el Directorio y demás órganos societarios, conformando a su fin el pertinente Comité Ejecutivo, por entender la autoridad de aplicación que el PPAP en EDEA S.A. no se encontraba cumplimentado, faltando como último paso -para su implementación- que los trabajadores puedan decidir sus representantes, debiendo cesar en ese acto la representación indirecta de la FATLyF. Cabe destacar que la decisión de la Subsecretaría cuenta con el aval favorable de la Asesoría General de Gobierno, según dictamen 640/07, que obra en las actuaciones ya indicadas. A la fecha, el Directorio de EDEA SA respondió la intimación con su política de negar y echar la culpa a otros, comunicando al Ministerio de Infraestructura y Energía, que es el Comité Ejecutivo (es decir el director designado por la FATLYF) quien debía convocar a Asamblea. 1.- Intime nuevamente al Directorio de Edea S.A. a que convoque, sin más dilación ni impedimentos, a asamblea especial de acciones de clase C en la que se deberá designar a los tres miembros que representarán a los beneficiarios en el Comité Ejecutivo de Administración Fiduciaria, bajo apercibimiento de retirarle la concesión de distribución de energía eléctrica. 2.- En su defecto, solicite al Poder Judicial competente la convocatoria a dicha asamblea. 3.- Intime a Ieba S.A. y al Banco de la Provincia de Buenos Aires a que celebren un nuevo contrato de fideicomiso que se adecue en su totalidad al modelo de contrato de fideicomiso previsto en el Anexo 2 de la Circular 36(A), cuya vigencia tenga carácter retroactivo al 2-6-96 y que sustituya al Contrato de Administración Fiduciaria celebrado el 11-8-98 que se adjunta al presente, bajo apercibimiento de denunciar a la justicia penal competente el desbaratamiento de derechos perpetrado a todos los trabajadores de Edea S.A. y la retención indebida del 50% de los bonos de participación a los trabajadores. 4.- Imponga las sanciones que correspondan a Ieba S.A., Edea S.A. y al Banco de la Provincia de Buenos Aires, por todos los comportamientos irregulares, temerarios, maliciosos e ilícitos cometidos desde su creación y hasta la fecha en relación con el Programa de Participación Accionaria del Personal. 5.- Finalmente, y a efectos que no se produzcan más dilaciones, obligue a Edea S.A. el cumplimiento del punto 1 inmediatamente, y luego proceda a los puntos 2, 3 y 4. 5) El Contrato de Fideicomiso IEBA-BAPRO incurre en GRAVÍSIMAS INFRACCIONES LEGALES A SABER:
CONCLUSIÓNANTE TODAS ESTAS GRAVÍSIMAS VIOLACIONES se ha solicitado en el expediente judicial la remoción de la totalidad de los directores y de los síndicos, conjuntamente con la designación de un interventor judicial para que tome las decisiones que correspondan, a efectos que el capital de EDEA S.A. se conforme según lo que se previó inicialmente en la Ley 11.771, su reglamentación y anexos. También en Electricidad- térmica - nuclear- hidráulica - otras (FeTERA SEMANAL N° 583 29.11.10). Se requiere del Estado Municipal “informe en un plazo no mayor de cinco días la causa de la demora" en la implementación de la Tarifa Social, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo. Suplementos FeTERA Resumen de problemas jubilatorios relacionados con la Ley 22.929* (FeTERA SEMANAL N° 579 04.11.10). La Ley 22.929 y sus modificatorias crea el régimen previsional para los investigadores científicos y tecnológicos, el que establece que el haber de la jubilación ordinaria será equivalente al 85% de la remuneración correspondiente al cargo que desempeñaba el interesado al momento de su cesación definitiva en el servicio, y que el haber de las jubilaciones otorgadas de conformidad con esa norma, tendrán una movilidad que se efectuará cada vez que varíe la remuneración del personal en actividad que se tuvo en cuenta para determinar el haber de la prestación. Suplementos FeTERA (FeTERA SEMANAL N° 579 04.11.10). la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN), presentó ante la Justicia una Acción de Amparo por Mora, con el objeto que se intime, en los términos del art. 28 de la Ley 19.549 de Procedimiento Administrativo, al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (MTEySS) para que se expida sobre la solicitud de convocatoria a la celebración de Paritarias en la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN). Suplementos FeTERA Propuesta de modificación de la Ley 24 498/95 (FeTERA SEMANAL N° 578 25.10.10). El uranio debe volver a ser considerado un material estratégico para el país, porque es una materia prima energética vital para el desarrollo sustentable de los países. Por el conocimiento geológico del territorio argentino, se considera, al nuestro, “un país con uranio, no un país uranífero”, razón aún mayor para cuidar este recurso y administrarlo adecuadamente. Con ese propósito, en 2007, la APCNEAN elaboró un Proyecto de reforma al Título XI del Código de Minería, que fue entregado a legisladores nacionales, sin haber logrado su tratamiento en sesiones del Congreso. Recientemente, un grupo de profesionales de la CNEA, elaboró un nuevo proyecto de modificación del título XI del Código de Minería, basado en aquél de la APCNEAN y otro. Lo que sigue, es la nota de presentación de dicho Proyecto, a Diputados y Senadores de la Nación, con la expectativa de que sea tratado en sesiones ordinarias del Congreso. Suplementos FeTERA "Se construye siendo parte de las iniciativas que nos permitan vivir con dignidad" (FeTERA SEMANAL 576 11.10.10). Acompañaron en el festejo del Aniversario Lucifuercista: Diputada Graciela Iturraspe; Víctor Mendibil, Secretario General de la Federación Judicial Argentina; Agrupación Mosconi, Movimiento Nacional Oro Negro, FeTERA Quilmes, miembros del Bloque Gremial Organizativo de CTA Buenos Aires, compañeros de la Mesa Coordinadora de Jubilados de CTA Capital, del Movimiento de Ocupantes e Inquilinos - MOI y todas las delegaciones de Luz y Fuerza Mar del Plata. Suplementos FeTERA Funcionamiento de una Central Nuclear (FeTERA SEMANAL N° 575 05.10.10). Muchas veces nos hemos preguntado cómo funciona una Central Nuclear, para aquellos que quieran saber un poco más, presentamos este video que nos introducirá en el desconocido y poco comprendido mundo del atomo, de la fusión, de la fisión.... Suplementos FeTERA EDENOR deberá realizar obras para garantizar un servicio de calidad (FeTERA SEMANAL N° 567 02.08.10). La Concejal Alejandra Pignataro (Partido Socialista) presentó en el Honorable Concejo Deliberante un Proyecto de Resolución para que la Empresa EDENOR S.A. realice las inversiones necesarias para brindar un servicio de calidad. Suplementos FeTERA PROYECCIÓN DE LA PELÍCULA "A 15 AÑOS DE UNA BATALLA HEROICA" (FeTERA SEMANAL N° 567 02.08.10). El sábado 7 de agosto, en la Facultad de Derecho de Mar del Plata, se proyectará la película "A 15 Años de una Batalla Heroica", dentro del marco de actividades programadas por el Día del Trabajador de la Electricidad, celebrado el pasado 13 de julio. Suplementos FeTERA A 15 Años de una Batalla Heroica (FeTERA SEMANAL N° 566 13.07.10). Hoy, 13 de julio, los compañeros Lucifuercistas marplatense, festejaron el Día del Trabajador de la Electricidad. Desde FeTERA-CTA saludamos a todos los Trabajadores de la Electricidad y les deseamos que continúen por el derrotero de la lucha por los derechos de los trabajadores. Suplementos FeTERA EDEA S.A. no cumple con la Ley del marco regulatorio en San Clemente del Tuyú (FeTERA SEMANAL N° 565 05.07.10). "...EDEA no cumple con la Ley del marco regulatorio porque terceriza trabajos con contratistas que tienen trabajadores fuera del marco de la Ley y sin capacitación y elementos de seguridad requeridos y suficientes para la tarea que le asignan, todo esto trae aparejado no solo accidentes de trabajos para esos trabajadores sino también perjuicios a los usuarios porque le queman electrodomésticos y demás, por errores humanos." Suplementos FeTERA |
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