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Un juicio oral que sigue silenciado [5/02/2009] Una hija de desaparecidos reclama las grabaciones del juicio contra sus apropiadores María Eugenia Sampallo Barragán reclamó una copia de las audiencias en las que se reconstruyó su historia. Como no tuvo respuesta, se quejó ante Casación e invocó la acordada de la Corte Suprema sobre la publicidad de los juicios a los represores.
El 4 de abril pasado el TOF 5 condenó a diez años de prisión al capitán retirado Enrique Berthier, y a ocho y siete años al matrimonio formado por Osvaldo Rivas y María Cristina Gómez Pinto por la sustracción de Sampallo Barragán, la primera hija de desaparecidos que impulsó el juicio contra quienes la criaron con una identidad falsa. Cuando la víctima solicitó copia de los videos de las audiencias en las que se reconstruyó su historia, el tribunal que integran Gordo, Ricardo Farías y Daniel Obligado le respondió, sin argumentar el rechazo, que lo tendría "presente" para cuando la condena quedara firme. El plazo para que Casación y luego la Corte confirmen una sentencia es variable pero jamás breve: la única condena por delitos de lesa humanidad confirmada, al policía Julio Simón, data de agosto de 2006. Ante la negativa, el abogado Tomás Ojea Quintana interpuso un recurso de reposición, que el tribunal volvió a rechazar sin fundamentos el 10 de diciembre, cuarenta días después de la acordada de la Corte Suprema que exigió "garantizar el derecho a la información en casos de trascendencia pública que generan gran interés en la ciudadanía". La última semana de diciembre, invocando el principio de publicidad pero también el derecho constitucional a la verdad, a la identidad y a la información, María Eugenia y su abogado recurrieron ante Casación. Ojea Quintana recuerda que "el principio de publicidad del juicio oral señala que el juicio ya realizado no fue ni es secreto y menos aún para las partes". Enfatiza que "todos los registros que expresan esa publicidad, ya sean actas o videos, deben ser de libre acceso" y no pueden considerarse como "un registro ’interno’ del Tribunal dado que comprometen declaraciones de las partes, a las que no se les ha pedido autorización alguna". El abogado cita en su respaldo la acordada 29 de la Corte, del 28 de octubre pasado, que para hacer operativa la publicidad encomendaba a los tribunales limitarse a decidir "la ubicación de cámaras de televisión y reporteros gráficos", cuyo ingreso prohibió el TOF 5 una semana después. Los antecedentes de Casación también van a contramano de la Corte. El 3 de noviembre la Sala IV rechazó una apelación del fiscal federal Félix Crous que denunciaba por "arbitrariedad manifiesta" la prohibición del tribunal que preside Gordo de transmitir audiencias iniciales, alegatos y sentencias de juicios a represores. Los jueces Gustavo Hornos, Mariano González Palazzo y Augusto Diez Ojeda apuntaron que no permitir el ingreso de fotógrafos y camarógrafos no era una decisión arbitraria porque el TOF "aseguró la participación del público en la medida de lo posible". Como si la acordada de la Corte aún no hubiera entrado en vigencia, invitaron a los colegas del TOF 5 a considerar "en el futuro" la orden. El 10 de febrero comenzará un nuevo juicio por crímenes de lesa humanidad. Según la acordada de la Corte la audiencia inaugural debe ser transmitida por radio y televisión. También en Noticias El derecho a la identidad es inseparable del derecho a la libertad Buscar a alguien es desesperante y esperanzador, porque el encuentro es tan reconfortante, que hace que se pueda sostener el camino previo. Cuando las Abuelas ven el abrazo de un nieto con su abuela, además de sentirse parte del encuentro, saben que algún día podrán tener el suyo. Y eso mueve todo. uicio a genocidas en Tucumán: H.I.J.O.S. pide cárcel común, perpetua y efectiva De a poco la verdad va saliendo a la luz Cuando empezamos a decir que la dictadura del ´76 fue cívico-militar parecía muy lejano ver a los genocidas condenados a cárcel común, con reclusión perpetua y efectiva. Y más lejano aún parecía ver a los cómplices civiles siendo juzgados. Haciendo historia con la Justicia Empezaron los Juicios a los represores de la última dictadura cívico-militar. Primera noche en una cárcel común El último presidente de la dictadura militar, el ex general Reynaldo Bignone, fue condenado como coautor de medio centenar de privaciones ilegales de la libertad y torturas, cometidas en Campo de Mayo en 1977. Condenados Causa Campo de Mayo El Tribunal de San Martín condenó a Reinaldo Bignone a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo durante la dictadura y le revocó la prisión domiciliaria. Junto al dictador fueron sentenciados otros cinco represores. Todos deberán cumplir la condena en una cárcel común. Los cómplices del hambre de hoy son los mismos que ayer Comunicado de Prensa- H.I.J.O.S. Tucumán: Juicio al represor Bussi Discurso leido en la plaza de Mayo 24 de marzo de 2010 |
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