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Publicado en La Mañana de Córdoba el 11 de junio del 2006
Ante un amparo contra la Provincia y el municipio para que otorguen el 5% de los cargos

[11/06/2006] Un juez rechaza el cupo para discapacitados. Considera que “ambas jurisdicciones conservan poder discrecional”. El abogado Garay Ferreira apeló el fallo del magistrado.

Un juez civil de Córdoba no hizo lugar a un recurso de amparo presentado por una discapacitada visual, que exige que la Provincia y el municipio apliquen lo que estipulan normas provinciales y municipales, de que el 5 por ciento de los empleos públicos se destinen a personas discapacitadas.

Se trata del juez Rafael Aranda, titular del Juzgado Civil y Comercial de 46ª Nominación, quien en abril rechazó la acción de amparo presentada por Marcelo Garay Ferreira a favor de su clienta, Claudia Kasza, aunque la medida de este magistrado recién se conoció la semana pasada al ser apelada.

Kasza, licenciada en Psicología, padece una maculopatía en la retina de ambos ojos por sufrir una enfermedad genética denominada Mal de Sthargad, que le afecta la visión central, quedándole sólo la periférica que utiliza para su
orientación y movilidad.

El juez Rafael Aranda recibió la presentación el 31 de agosto y finalmente se expidió el 20 de abril en los términos referidos.

Más allá de los alambicados razonamientos jurídicos del juez Aranda, es evidente el trato discriminatorio que el Estado, en sus tres niveles, le dispensa a los miles de discapacitados que viven en Córdoba.

Más allá de los detalles técnico jurídicos de la presentación, el planteo se fundaba en la clara discriminación que en términos de política práctica existe de parte del Estado, aunque normativamente ha sido muy atento y profuso en el dictado de leyes y ordenanzas. Con la Ley 5624 y su modificatoria, la 8834, la Provincia se auto obligaba a destinar a los discapacitados el 5 por ciento de los cargos, en todas sus reparticiones, empresa y organismos autárquicos o descentralizados. Nunca lo hizo y en la actualidad ni el 1 por ciento de su cada vez más poblada planta tiene ese destino.

La Municipalidad de Córdoba fue más pródiga todavía. Le dio máximo statu legal en 1995, al incorporar la existencia de un cupo al texto de la Carta Orgánica (artículo 18) y después sancionó la Ordenanza 7244. Pero en la actualidad, en toda su planta de personal no hay más de 20 o 30 discapacitados, cuando debieran revistar más de 400.

La Nación también incumple las obligaciones que surgen de la Ley 25.689, que fija un cupo igual, del 5 por ciento, para los discapacitados.

Pero, si bien la decisión de Aranda ha sido apelada, parece que pedirle a los jueces que obliguen al Estado a aplicar sus leyes es demasiado. Los gobiernos de turno construyen gran parte de su poder a través del manejo del empleo público, y conculcarle estas “facultades subjetivas” es confrontar, a riesgo, con poderosos.

“Atento a la falta de reglamentación específica, ambas administraciones conservan poder discrecional suficiente para evaluar la necesidad o no de la contratación de profesionales en el área para la cual la amparista se halla capacitada”, dijo el magistrado en los considerandos de su pronunciamiento.

Es interesante señalar en este punto que las administraciones públicas no tienen criterios muy selectivos para tomar empleados, y su “target” para conformar los planteles no está, ni cerca, en los egresados universitarios. Si los objetivos fueran la idoneidad, un título de grado sería un punto casi decisivo, al margen del perfil profesional del egresado.

En lo que se refiere a la supuesta falta de reglamentación de las normas invocadas por la amparista, hay que tener presente que hace muchos años que han sido sancionadas. Por ejemplo, en el caso de las obligaciones que emanan de la Carta Orgánica de la ciudad, ésta rige desde 1995. Es arriesgado conjeturar sobre el resultado que tenga la apelación presentada por el abogado Garay Ferreira. También sobre la posibilidad de que cambie la pasividad del ministerio público, porque aparentemente podrían actuar de oficio ante el probable incumplimiento de los deberes de funcionario público en que se incurre en las políticas de empleo.

Sin ir más lejos, en el área de Salud de la Provincia hay en marcha un concurso por 3.500 vacantes y, que se sepa, tampoco se ha pensado en este proceso en el cupo para discapacitados.

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