html.
![]() ![]() |
![]() |
|
![]()
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Publicado en INFOCIVICA [21/04/2006] La Justicia ordenó al Gobierno de la Ciudad incluir “dentro de un programa habitacional” a la familia de un menor discapacitado cuya salud peligra por las condiciones de hacinamiento y extrema pobreza en la que vive. El niño debe permanecer con internación domiciliaria y cuidado médico permanente.
La familia de Juan Manuel Abregú, un niño de 2 años discapacitado, presentó un recurso de amparo y una medida cautelar contra el Gobierno de la Ciudad “para que se le otorgue una vivienda” acorde a las necesidades de internación domiciliaria que requiere el menor. La medida fue presentada ante el Juzgado Nº 9 a cargo de Augusto Kersman, luego de los incansables pedidos realizados por su familia ante las autoridades de Desarrollo Humano, de Salud y del Instituto de la Vivienda de Buenos Aires. Juan Manuel se encuentra en estado grave. Su diagnóstico médico es encefalopatía multiquística hipóxico isquemica y malformación pulmonar. Los médicos le realizaron hace poco tiempo una traqueostomía y lobectomía de lóbulo superior derecho, aunque tiene hemorragias permanentes y su cuadro precisa internación domiciliaria para prevenir infecciones hospitalarias. Sin embargo, la realidad de su familia está muy lejos de eso: Juan Manuel vive con su padres y dos tíos en una pequeña habitación que subalquilan junto con otras familias de escasos recursos. “Exigimos nada más que un derecho social y exigible judicialmente” expresó la abogada patrocinante de la Red de Abogados Voluntarios de Poder Ciudadano, *María Inés Bianco*, y agregó que “la justicia es la única esperanza que le queda a esta familia que vive en la extrema pobreza”. Hasta el momento, la familia Abregú se mantiene con la buena voluntad y solidaridad de particulares y médicos que donan medicamentos, comida y equipamiento para que la vida del pequeño sea un poco mejor. “La situación de esta familia es de extrema pobreza y requiere de una solución inmediata. El amparo precisamente, parece ser la única manera de que podamos tener esperanzas” dice María Inés Bianco. Según los médicos, Juan Manuel requiere de manera “urgente” la efectivización de la internación domiciliaria, cuidados paliativos, la provisión de insumos (tubo de oxígeno, nebulizador, etc) y asistencia y atención de personal de enfermería capacitado al menos 12 horas diarias. Sin embargo, de acuerdo a los informes de los asistentes sociales, “Juan Manuel y sus padres viven en una habitación húmeda, donde el techo se llueve y el baño en la casa es totalmente compartido". A pesar de haber iniciado varios trámites administrativos ante el Estado nacional y el de la Ciudad, los padres no perciben ninguna pensión asistencial por discapacidad para el niño ni poseen obra social. El 4 de abril pasado, la Justicia porteña hizo lugar a la medida cautelar ordenando al Gobierno que “incluya en algún plan habitacional -el que se estime más conveniente de acuerdo con el precario estado de salud del niño- al menor Juan Manuel Abregu y a su madre Mariela Llanos, debiendo proveer, asimismo, los medicamentos, insumos y "otros requerimientos". Mientras tanto, se espera una respuesta oficial sobre la medida dictada por la Justicia. Productora de Noticias Cívicas Fundación Poder Ciudadano También en Noticias vinculadas a discapacidad y legislación POR EL DERECHO DE LOS DISCAPACITADOS Ordenan al Estado dictar normas para ayudar a las personas discapacitadas. En una sentencia sin precedentes, la Justicia ordenó al Ministerio de Salud reglamentar los postergados artículos de la Ley de Protección Integral para las Personas con Discapacidad. El fallo respondió a la acción de amparo presentada por una mujer discapacitada patrocinada por una abogada voluntaria de Poder Ciudadano. En un acto sorprendente, el Estado apeló la sentencia. Prepagas deberán cubrir prestaciones para personas con discapacidad Lo dispuso la Corte Suprema de Justicia. Las empresas de medicina prepaga deberán cubrir "como mínimo" similares prestaciones obligatorias a las de las obras sociales. Es para los casos de rehabilitación y mejora de calidad de vida de personas con discapacidad Los cibers deberán contar con software para no videntes La medida será obligatoria una vez que se reglamente la ordenanza aprobada este jueves por el Concejo Municipal, a instancias de un proyecto de Carlos Comi (ARI). Obligan a la línea San Martín a brindar un buen servicio LA PESQUISA NEONATAL FUE SANCIONADA AYER POR EL SENADO Aprobaron la ley que obliga a hacer análisis a los recién nacidos. Es para diagnosticar y evitar el desarrollo de enfermedades que pueden causarles daños irreversibles. Transporte fluvial gratuito para personas con discapacidad El Bloque de Concejales de Acción Comunal presentó un importante Proyecto de Decreto, aprobado por el Concejo Deliberante de Tigre, con la adhesión de todos los Bloques Políticos, mediante el cual se solicitó a las autoridades provinciales pertinentes que arbitren los medios necesarios para contemplar la gratuidad del transporte fluvial a las personas con discapacidad que acrediten domicilio en el Delta Bonaerense. ARBIO PIDIÓ QUE LOS JUBILADOS DISCAPACITADOS PUEDAN SEGUIR TRABAJANDO SIN PERDER LA JUBILACIÓN La senadora radical Nora Arbio pidió la modificación del primer párrafo del artículo 60º del Decreto - Ley 9.650/80 y sus modificatorias, que consagra el Régimen Previsional de la Provincia. El artículo cuya modificación se pretende, refiere a la incompatibilidad de la percepción del haber jubilatorio con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con excepción de los servicios docentes. La iniciativa de la legisladora, pretende incorporar además del ejercicio de la docencia, a las actividades realizadas por personas con discapacidad. Sanción al ministro Mate por no acatar fallos Le descontarán parte de su sueldo Ordenan que una joven reciba educación La chica padece una discapacidad Salud plena, aunque esté fuera del PMO La Obra Social del Poder Judicial de la Nación deberá proveer a un discapacitado de 34 años un tratamiento experimental de vacunas T linfocitarias para combatir su cuadro de esclerosis múltiple. La Obra Social no quería hacerse cargo de la cobertura por no ser un tratamiento que se encuentre obligada a prestar en razón del Programa Médico Obligatorio -PMO-. |
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||