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Publicado en el Boletín Oficial el 22 de junio del 2005
ATENCION INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD Resolución 676/2005

[23/06/2005] Apruébase la creación del Programa para la Atención Integral de la Discapacidad. Coordinación de acciones. Componentes. Alcances.

Bs. As., 15/6/2005

VISTO, el expediente 1-2002-17475/04-7 del registro de este MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y

CONSIDERANDO:

Que el PLAN FEDERAL DE SALUD establece que la problemática de las personas con discapacidad, debe formar parte de un Sistema de Salud basado en la estrategia de la Atención Primaria, integrado según complejidad creciente en los niveles de la atención sanitaria y articulado con los otros sectores comprometidos con el tema: Educación, Desarrollo Social y Trabajo, poniendo énfasis particularmente en el impulso a las organizaciones de la comunidad.

Que es necesario diseñar una política para la atención integral de la discapacidad desde el subsector público del área Salud.

Que la atención de la discapacidad constituye una problemática particular que debe tener un abordaje integral.

Que el programa propuesto asume desde la función de rectoría del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, la necesidad de asistir a los gobiernos locales en la búsqueda de alternativas que optimicen la atención de las personas con discapacidad.

Que lo anterior implica equiparar las oportunidades de las personas con discapacidad para su integración social, desarrollando acciones preventivas, favoreciendo la detección temprana y oportuna de las patologías, no sólo desde el sector Salud sino también a través de mecanismos de cooperación con otros Ministerios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley N° 25.233.
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD Y AMBIENTE

RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébase la creación del PROGRAMA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD a fin de incluir a las personas con discapacidad en un sistema de salud articulado e integrado en una red de servicios, de acuerdo a los alcances y modalidades que se establecen en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - La coordinación de las acciones que demande el cumplimiento de los objetivos del PROGRAMA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD estará a cargo de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS.

Art. 3° - El gasto que demande esta actividad se financiará con cargo a las partidas presupuestarias que se asignen anualmente al MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE.

Art. 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ginés M. González García.

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