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Publicado en el Boletín Oficial el 22 de junio del 2005 [23/06/2005] Apruébase la creación del Programa para la Atención Integral de la Discapacidad. Coordinación de acciones. Componentes. Alcances.
Bs. As., 15/6/2005 VISTO, el expediente 1-2002-17475/04-7 del registro de este MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, y CONSIDERANDO: Que el PLAN FEDERAL DE SALUD establece que la problemática de las personas con discapacidad, debe formar parte de un Sistema de Salud basado en la estrategia de la Atención Primaria, integrado según complejidad creciente en los niveles de la atención sanitaria y articulado con los otros sectores comprometidos con el tema: Educación, Desarrollo Social y Trabajo, poniendo énfasis particularmente en el impulso a las organizaciones de la comunidad. Que es necesario diseñar una política para la atención integral de la discapacidad desde el subsector público del área Salud. Que la atención de la discapacidad constituye una problemática particular que debe tener un abordaje integral. Que el programa propuesto asume desde la función de rectoría del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, la necesidad de asistir a los gobiernos locales en la búsqueda de alternativas que optimicen la atención de las personas con discapacidad. Que lo anterior implica equiparar las oportunidades de las personas con discapacidad para su integración social, desarrollando acciones preventivas, favoreciendo la detección temprana y oportuna de las patologías, no sólo desde el sector Salud sino también a través de mecanismos de cooperación con otros Ministerios. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley N° 25.233. RESUELVE: Art. 2° - La coordinación de las acciones que demande el cumplimiento de los objetivos del PROGRAMA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LA DISCAPACIDAD estará a cargo de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS. Art. 3° - El gasto que demande esta actividad se financiará con cargo a las partidas presupuestarias que se asignen anualmente al MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE. Art. 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ginés M. González García. También en Legislación Modificación a la ley de derechos de autor Rige desde hoy, LA LEY 26285, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual en su Art. 36, publicada en el Boletín Oficial (B.O. nº 31238) Resolución 500/2007 Superintendencia de Servicios de Salud Resolución 914/2007. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Se establecen hospitales que emitirán Certificados de Discapacidad B.O. 17/07/07 PERSONAS CON DISCAPACIDAD Resolución 457/2007 - SSS - Establécense requisitos para la inscripción y reinscripción de Prestadores de Servicios de Atención a las Personas con Discapacidad en el Registro Nacional de Prestadores. Deróganse las Resoluciones Nros. 213/2001, 214/2001, 212/2001 y 568/2003. B.O. 04/07/07 PRESTACIONES MEDICAS Resolución 767/2007 - MS - Modifícanse las Resoluciones Nros. 1977/2006 y 167/2007, a fin de readecuar los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad. Decreto Nº 786 sobre acceso al Area del Microcentro B.O. 12/06/07 Ciudad de Buenos Aires - DECRETO N° 786 - Se modifica el apartado "Minorados Físicos" del artículo 2° del Decreto N° 2.268-MCBA/76, sobre acceso vehicular al Área del Microcentro para personas con necesidades especiales. PRESTACIONES MEDICAS Resolución 167/2007 - B.O. 21/02/07 PRESTACIONES MEDICAS Resolución 167/2007 - MS - Modifícase el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 1749/2006 a fin de readecuar los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad. SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA: Ley 26.182 Modificación de la Ley Nº 24.464, a fin de establecer un cupo en los planes que se ejecuten con los fondos del FONAVI, destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad. Requisitos. B.O. 09/10/06 SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Resolución 141/2006 - SPBAI - Plazo que se otorga a las instituciones prestadoras de servicios alcanzadas por la Resolución N° 110/2006, para presentar la Habilitación Municipal correspondiente. |
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