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El derecho a la igualdad.No es una meta al final del camino, debe estar en el punto de partida.
Las personas con discapacidad somos sujetos políticos. Somos compañeros y compañeras. Somos parte de la CTA.
[13/05/2009] ¿Qué lugar tiene la palabra de quienes vivimos con una discapacidad? ¿Quién la asume cuando no podemos expresarla por nosotros mismos? ¿Cómo escuchás vos, compañero, compañera, las palabras, necesidades, opiniones y elecciones de las personas con discapacidad? ¿Nos considerás parte de la clase trabajadora? ¿Nos considerás tu par en la militancia? ¿Nos ves suficientemente integrados a la Central? Te invitamos a conocer nuestra realidad y a ayudarnos a crear, en cada rincón del país, el departamento de Discapacidad de la CTA.
El derecho a la igualdad.
No es una meta al final del camino, debe estar en el punto de partida.
El derecho de los sujetos que tenemos una discapacidad a tener una vida digna es igual al derecho que tiene cualquier sujeto.
Garantizar el ejercicio de los derechos de las personas con alguna discapacidad requiere un abordaje particular, algunos recursos y condiciones específicas que influyen en el proceso de inclusión e integración social.
El derecho de las personas que tenemos alguna discapacidad se hace efectivo cuando accedemos a una vida digna, que permita satisfacer necesidades y desarrollar al máximo posibilidades y deseos.
La igualdad está en el derecho, en entender que ese derecho está antes de que todo empiece, antes de que vos o yo lo conozcamos, antes de un diagnóstico, antes de un pronóstico, antes de un certificado, antes de todo.
La igualdad no es una meta al final del camino como lo anunciaba la promesa neoliberal: debe estar en el punto de partida. Se expresa y concreta en el trabajo, la salud, la educación, el hábitat y la vivienda, la cultura, el deporte, el esparcimiento.
Para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos es necesario analizar distintos factores y tener en cuenta que no se trata de un “fenómeno”, sino que primero estamos cada una de las personas que tenemos una discapacidad; con nuestras particularidades, necesidades, posibilidades y limitaciones y, por sobre todas las cosas, con nuestros deseos.
El derecho a la palabra.
De nada sirve reivindicar la igualdad si no se la practica.
Las personas con discapacidad somos sujetos políticos, activos, participativos y responsables de nuestros actos, en distinta medidas. Ninguna persona puede decidir qué es mejor para cada uno de nosotros sin hablarlo con nosotros. No pueden suponer qué queremos sin preguntarnos. No pueden definir qué necesitamos sin conocer nuestros deseos.
¿Qué lugar tiene la palabra de un sujeto con discapacidad? ¿Quién asume la palabra cuando por nuestra discapacidad no podemos expresarla por nosotros mismos? ¿Cuál es el lugar de la escucha? ¿Cómo escuchás vos, compañero, compañera, las palabras, necesidades, opiniones y elecciones de quienes vivimos con una discapacidad?
No deberían tomarse decisiones que afecten en algo nuestra vida, como un cambio de tratamiento o de institución, sin tener en cuenta nuestra palabra y/o la de nuestra familia. Hablarlo, como diálogo, no como anuncio de una decisión ya tomada; diálogo que es pregunta, que es escucha, que es lugar a la palabra; y que no es sólo explicación para tratar de convencer.
¿Cómo hacer para garantizar el cumplimiento de los derechos si ignoramos a las personas y si las prácticas contradicen los discursos? Desde el Departamento de Discapacidad de la Central de Trabajadores de la Argentina creemos que la sociedad en su conjunto, el Estado y las organizaciones sociales podemos construir otra relación con las personas con discapacidades, pero para eso hace falta hacer visible y transformar las cuestiones vinculadas al poder, a la jerarquía, a la sumisión y a la subordinación que se juegan en el trato cotidiano, en las relaciones laborales, en las definiciones políticas y en las legislaciones.
El derecho a decidir
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Las legislaciones sobre discapacidad deben ser fruto de la lucha del pueblo.
Para que los derechos se concreten hace falta una legislación que avale su existencia, un Estado que los haga cumplir y, sobre todo, que las organizaciones sociales –incluida la Central y cada organización sindical – seamos protagonistas en la lucha por esos derechos, exigiendo su cumplimiento real y efectivo.
Las legislaciones sobre discapacidad necesitan ser revisadas. Al analizar su contenido y las motivaciones políticas que las impulsaron se ve con claridad la ausencia de las organizaciones sociales en las definiciones: algunas leyes fueron sancionadas en tiempos de la dictadura, otras durante la década de 1990 al amparo del sálvese quien pueda.
No siempre las normas amplían derechos. A veces, pueden tener como intención acallar un problema, desarticular posibles acciones, diluir una demanda.
En cambio, cuando son fruto de la acción sistemática y colectiva de las organizaciones sociales, es la voz del pueblo la que aporta el contenido e impulsa su cumplimiento.
La mejor legislación no sirve si no se cumple; por eso, una ley, cuando responde a las necesidades de los sectores populares, se constituye en un plan de acción para las organizaciones sociales. La sanción de una normativa es sólo el comienzo, luego sigue la lucha para lograr su cumplimiento.
El derecho a una definición propia.
Ni necesidades especiales, ni capacidades diferentes. Personas con discapacidad.
Durante la década de 1990, en un contexto de aplicación de políticas neoliberales, se pusieron de moda las denominaciones “personas con necesidades especiales” y “personas con capacidades diferentes” en reemplazo del concepto de Discapacidad. Ambos términos se utilizaron y utilizan con la intención de invisibilizar a los sujetos que tenemos alguna discapacidad y para diluir la responsabilidad del Estado respecto a nuestra atención integral.
Esto queda expresado en la frase “todos tenemos necesidades especiales”. Entonces, si todos las tenemos en general, nadie las tiene en particular. En el mismo sentido, si “todos tenemos capacidades diferentes”, ¿quién las tiene en particular?
Desde el Departamento de Discapacidad de la CTA no proponemos un simple cambio de palabras, sino un cambio de sentidos. Los nombres que se les ponen a las cosas son producto de una construcción histórica y designan fundamentalmente sentidos políticos de los cuales nos vamos apropiando. Proponemos despegarnos de aquellos conceptos introducidos desde las políticas neoliberales que, apelando a cierto sentido común, intentaron modificar el contenido de lo que pensamos, anular la historia, despojarnos de las ideas e instalar una dirección ideológica contraria a los intereses del pueblo.
El derecho a la diferencia.
“Es necesario librarse de algunos disfraces”
“Necesidades especiales” y “capacidades diferentes” son disfraces de la discapacidad, definiciones “políticamente correctas” que se apoyan en paradigmas a discutir. Y lo mismo sucede con los principios de “homogenización” y “normalidad”.
La “homogenización” da idea de que todas las personas somos más ó menos iguales, funcionamos de la misma manera y necesitamos lo mismo.
La “normalización” establece un parámetro de lo “normal”, al que se espera que nos parezcamos; sin cuestionar qué es lo normal, quién lo define y para qué.
Ambos principios se contradicen con la reivindicación de las diferencias. El reconocimiento y el respeto de las diferencias es lo que abre la puerta a una vinculación nueva con las personas con discapacidad.
Desde el Departamento de Discapacidad de la CTA pensamos que la discapacidad actúa en cada sujeto en particular y que no es algo que inhabilita para hacer. Como personas tenemos un conjunto de posibilidades, que no se terminan ni se anulan con la imposibilidad de realizar alguna ó varias cosas.
La discapacidad, que puede ser permanente ó transitoria, no es sólo un problema médico, no siempre está vinculada a cuestiones de origen biológico, sino que también hay otras circunstancias que producen limitaciones, que impiden desarrollar actividades y que se manifiestan en la vida cotidiana.
La discapacidad tiene una dimensión de carácter fundamentalmente social, por eso es en el mundo social donde se puede y es necesario actuar con urgencia, para no profundizar las situaciones de desigualdad.
El derecho a la integración.
“Inclusión no es lo mismo que Integración”.
Inclusión no es sinónimo de integración. Incluir es colocar una cosa dentro de otra; integrar es conformar un todo con las distintas partes que lo componen.
Que una persona esté incluida no significa que estará integrada. La inclusión social no se resuelve legislando ó diciendo que la persona con discapacidad debemos “estar dentro”, pues para estar dentro de algo, para formar parte activa y productiva, es necesario contar con las condiciones.
¿Cómo se explica que en los ’90, el gobierno que generó la mayor cantidad de excluidos en la Argentina sea el mismo que prescribe la inclusión en distintas áreas y políticas de estado? ¿De qué tipo de inclusión se estaba hablando entonces? ¿A quiénes realmente beneficiaban esas políticas? ¿Es posible hablar de inclusión sin hablar al mismo tiempo de recursos, condiciones y formas organizativas que la sostengan?
El derecho a la educación
Un ejemplo de integración para las personas con discapacidad.
El sistema educativo provee un buen ejemplo de la diferencia entre inclusión e integración.
La Integración Escolar, como estrategia educativa de la Educación Especial, es la que puede permitirnos a algunas personas con discapacidad el máximo desarrollo de nuestras posibilidades de aprendizaje y una inclusión activa en la escuela común. No alcanzará estar incluido, en el sentido de estar dentro de un aula, si además no tenemos los medios, recursos y apoyos que necesitamos, a partir de nuestras limitaciones, para aprender. La existencia de un proyecto de integración escolar, con todos los recursos y apoyos, es lo que puede concretar el derecho a la educación para una persona con discapacidad en el sistema educativo común.
El principio de “inclusión educativa” no rige sólo para la Educación Especial, sino que corresponde a todos los niveles y modalidades del sistema educativo. La escolarización de un sujeto con discapacidad en la educación común, acompañado desde la Educación Especial con una maestra integradora, se denomina “Integración escolar ó educativa”. La existencia de un proyecto de Integración escolar es lo que garantiza una atención adecuada para un sujeto con discapacidad en el sistema educativo común.
Una invitación a la integración
A las compañeras y compañeros de la CTA que llegaron hasta el final de este extenso documento, queremos hacerles una propuesta: las personas con discapacidad somos sujetos políticos. Y estamos intentado politizar, incluir en la agenda de la misma Central, el tema de la discapacidad, como un tema más de los que nos preocupan a los trabajadores y al pueblo. Quisimos acercarte algunos conceptos para encontrar un lenguaje en común, de una realidad que a veces parece estar lejos. ¿Contamos con vos, compañero, para integrar las luchas por una sociedad más justa e igualitaria?
(*) Documento elaborado por el compañero Néstor Carasa, Integrante del Departamento de Discapacidad de CTA / Integrante de la Secretaría Gremial del SUTEBA / Integrante de la Comisión de Educación Especial de CTERA. Buenos Aires, Noviembre de 2008.
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Alumnos con discapacidad que realizan reclamos específicos; profesores que solicitan ayuda frente a determinadas dificultades a las que deben enfrentarse; Comisiones que convoca el Consejo Superior de la UBA para elaborar pautas en respuesta a este problema social; y un Area Permanente creada desde el propio Rectorado, son algunas de las situaciones que permiten tematizar y problematizar algo que hasta hace poco estaba invisible en este contexto: el alumno con discapacidad.
A partir de aquí, intentaremos desanudar diversas cuestiones que se enquistan a este colectivo construido: ¿vemos personas con discapacidad en la UBA?; ¿La categoría “alumno” es simbolizada como un mundo homogéneo que no da cuenta de las tensiones que lo atraviesan?; ¿hay prácticas cotidianas y representaciones sociales que promueven y cristalizan la “invisibilidad?.
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