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Principal : Observatorio del Derecho Social : Estudios sobre Negociación Colectiva y Conflictividad Laboral : Informes Sectoriales y Temáticos


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Convocatoria al Consejo del Salario Mínimo 2010 – Aportes para el debate

Por Observatorio del Derecho Social
[26/07/2010]

Principales conclusiones

Ante una inminente convocatoria al Consejo del Salario Mínimo, el Observatorio del Derecho Social de la Central de Trabajadores de la Argentina presenta un documento con aportes para el debate.

Las principales conclusiones de dicho trabajo señalan que es necesario implementar un conjunto de acciones tendientes a fortalecer al SMVM como herramienta de la puja distributiva, y a extender las políticas de ingresos actualmente existentes. En particular, corresponde:

- Convocar al CSMVM y garantizar el funcionamiento continuo de la totalidad de las comisiones
- Establecer un nuevo monto para el SMVM, que esté en relación con el monto de la Canasta Básica, que en la actualidad asciende a $ 4.600 para una familia tipo.
- Extender la cobertura del SMVM al conjunto de los trabajadores, incluyendo a los trabajadores del sector público provincial y municipal, y a los que desarrollan sus tareas bajo modalidades contractuales como locación de servicios, pasantías, etc. En nuestro país no pueden existir trabajadores de segunda que perciban remuneraciones inferiores al SMVM.
- Fijar un procedimiento para la determinación futura de la Canasta Básica, que contemple las pautas de actualización permanente.
- Elevar el monto de las jubilaciones mínimas y fijarlo en el equivalente al 82% del SMVM.
- Ampliar el alcance de la asignación universal por hijo, garantizando la cobertura de la totalidad de los chicos que hoy no cuentan con este derecho. En particular, debe derogarse la incompatibilidad entre la AUH y la percepción de ingresos derivados de planes sociales, y debe establecerse la equiparación, a nivel nacional, del monto de las asignaciones familiares percibidas por los trabajadores del sector público provincial y municipal.
- Establecer el monto de la AUH como un porcentaje del SMVM, para evitar que su actualización quede sujeta a la discreción del Gobierno Nacional y a sus decisiones presupuestarias. En particular, el monto de la AUH debería fijarse en un 20% del SMVM.

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