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Salud Laboral
¿Por qué hay que conocer cómo operan las ART?

[5/07/2006] Nunca será suficiente lo que se insista respecto al cuidado de la salud de los trabajadores. Las duras condiciones de precariedad laboral y bajos ingresos desviaron la atención sobre cuestión tan fundamental y hoy nos encontramos con un panorama donde se han degradado las condiciones laborales comprometiendo seriamente la salud de los trabajadores. En la mayoría de los casos el tema no se trata, o se trata mal y en el mejor de los casos se cambia plata por salud.

En estrecha relación con este panorama se encuentra el tema de las ART (Aseguradora de Riesgo de Trabajo).
Es necesario dejar explícito que no acordamos con este sistema impuesto por el neoliberalismo en los años 90, pero también es necesario dejar claro que es de principal importancia conocer su funcionamiento sus alcances y limitaciones ya que es el sistema que rige y su conocimiento nos debe permitir construir las herramientas para usarlo de la manera más favorable al trabajador o en caso contrario defendernos de sus limitaciones y astucias.
Con este espíritu nuestra compañera médica Lilian Capone dio una charla sobre el tema. Estos son los principales conceptos de su exposición:

Privatización de la salud

Es necesario conocer la ley de riesgos de trabajo, con la que no adherimos, a la que no fuimos convocados. Se creo en el año 1996 y rige desde el 1998. Es una ley que no se puede descontextualizar de la era menemista. Así como se concentró la riqueza, se privatizó el futuro de los trabajadores, se privatizó la salud de los trabajadores a través de la ART. Por lo tanto esta ley debe ponerse en discusión.
La ley anterior la 9688 (del año 1914) y la 24557 es la de 1996.
La vieja ley se correspondía con un tipo diferente de Estado, un Estado Benefactor que se erigía como protector del trabajador y del ciudadano. En ese marco la ley establecía que el trabajador o se accidentaba o se enfermaba. Sobre esta definición fuerte no había discusión.
Esa ley era resarcitoria (todo era o accidente o enfermedad laboral) y contemplaba las dos vías la laboral y la legal. El trabajador era una persona. No existía ningún listado de enfermedades profesionales. La nueva ley establece un listado cerrado de enfermedades.
Cuando el Estado se corre, se desembaraza de su rol paternalista, se queda sin palabra, entonces se crean las condiciones de la necesidad de la ART.
¿Por qué uno tiene que saber, conocer la ley de ART?

¿Que son las ART?

Son empresas comerciales, absolutamente lucrativas Hay un debe y un haber y un contrato por pesos y lo que se define es que si entran tantos pesos salgan la menor cantidad para que haya ganancia, en el circuito están los trabajadores.
Por lo tanto la ley lo que debe permitir es que esto tenga ganancia. El objetivo de las ART es garantizar ganancias a las empresas que las contratan y a sí mismas.
La nueva ley también es resarcitoria pero con topes. No va a haber vía civil. Va a haber una gran brecha entre la reparación a un trabajador y a un ciudadano.
Contiene un listado de enfermedades profesionales, listado cerrado y donde tenemos el riesgo, la enfermedad y la actividad. Para esta ley si no se cumple el riesgo, no se cumple la enfermedad. Si no está descripta la actividad, no es una enfermedad profesional. Por otro lado la enfermedad se considera del cuello para abajo, no hay enfermedad mental ni neurológica (salvo la producida por contaminates).
Volvamos sobre lo mismo, es un tema económico. No es lo mismo pagar la póliza de un Fiat 600 que la de un Megane, por lo tanto: ¿cómo enfrentan esto las empresas?: no declaran los riegos.
Si no se declaran los riesgos la fábrica va a ser menos riesgosa y por lo tanto paga menos. Siempre es una ecuación económica.
Por eso: cuando uno habla de mapa de riesgos, ¿qué es lo que se maneja?
Una herramienta concreta para saber qué riesgo tengo yo en el puesto de trabajo y esta es la forma en uno se puede meter en la ley para reclamar.
Esto debemos saberlo porque en la medida en que la fábrica paga menos los trabajadores están incluidos, pero no con todos los riesgos, por lo tanto cada daño que aparece en el trabajador si no está correlativamente el riesgo declarado en su puesto de trabajo, no va a ser considerado enfermedad profesional y esto es un problema muy grave. A consecuencia de ello se puede sufrir un rechazo por parte de la ART y esto puede derivar en un despido.
- Las empresas tienen la obligación de declarar los riesgos que están teniendo en cuenta y hacérselos saber a los trabajadores. La mayoría no declaran todos los riesgos, más aun ni siquiera declaran la cantidad real de trabajadores. Por lo tanto es tarea de los mismos trabajadores controlar esto.
- El mapa de riesgos de trabajo en cada lugar de trabajo es la herramienta primera para empezar a usar.
Los trabajadores deben confeccionar ese mapa de riesgo y deben actualizarlo permanentemente. Preguntarse si el problema es el ruido, el calor, los contaminantes, etc.
Hay que empezar a militar esto en los puestos de trabajo porque acá empieza la pelea.

¿Qué quiere decir la ART cuando responde que una enfermedad es preexistente?

Antiguamente toda enfermedad profesional era causada o agravada por el trabajo.
Ahora toda enfermedad profesional es la causada, lo demás es enfermedad preexistente y la ART no lo contempla. Esta es otra trampa.
Por eso queda fuera prácticamente todo lo traumatológico. No se reconoce todo lo que es hernia, por ejemplo.
Entonces si el riesgo no está declarado, esa enfermedad el trabajador la trajo, es preexistente, y por lo tanto para la ART no hay enfermedad profesional.
Veamos un ejemplo de enfermedad preexistente. Un asmático viene bien con su tratamiento, va a un puesto de pintura tiene una crisis de asma, es un problema de la persona, no de las emanaciones. Lo mismo la hernia de disco, viene con la persona, fue agravada por la actividad pero no causada por lo tanto no se contempla.
La ART tiene la obligación de tener prestadores en todo el país. Obviamente ¿qué prestadores va a contratar? Aquellos prestadores que cobren menos, aunque esto sea a cambio de un nivel inferior de atención. En la mayoría de los casos los profesionales de esas clínicas no entienden absolutamente nada de enfermedades laborales. No conocen los riesgos a los que están expuestos los trabajadores, ni cuantas horas trabajan en esas condiciones, ni les interesa averiguarlo, guardan puros formulismos.
Una tarea que deben encarar los trabajadores es empezar a registrar qué ART atienden las distintas fábricas, y empezar a cruzar información por ejemplo que riesgo se cubren en unas y en otras no, cuál es la cobertura de las ART en cada caso, cuanto paga la fábrica en cada caso, etc. Información que puede ser muy reveladora para orientar estrategias más favorables.

¿Qué reconoce la ART?

Todo lo que es enfermedad profesional en este sistema, todo lo que sea accidente de trabajo, todo accidente in itinere (pero el recorrido debe ser trayecto habitual). Estas cosas hay que saberlas. Las ART. tienen equipos para analizar cada caso

¿Qué cosas tiene que cubrir?

Todas, todas las prestaciones hasta el alta (cirugías, medicamentos, rehabilitación, etc, todo). Si en este ínterin el trabajador pierde el trabajo tiene que seguir hasta el alta. Y luego tiene que recalificar y el empleador tiene la obligación de ubicar al trabajador en su nueva calificación.
- Las ART, en general cubren grandes accidentes y muertes porque es más barato.
Esta ley abarca a los jornalizados contratados y efectivos no a los changarines.
- Las ART tienen muchas obligaciones y hay que hacérselas cumplir. Y los trabajadores tenemos muchos derechos que no ejercemos. Uno es el derecho a la información, las ART deben informar.
- Las ART tienen que planificar el año y dar cursos de prevención en todos los puestos de trabajo, ¿cuantos de nosotros sabemos que debemos recibirlo?
- Las ART tienen la obligación de decirnos qué tipo de contrato tienen, qué cantidad de trabajadores están cubiertos en ese contrato en fábrica para ver si están todos los contratados que tienen que estar incluidos.
Como la ley tiene un listado cerrado de enfermedades es el trabajador quien debe demostrar el riesgo si la empresa no lo declaró. Lo interesante es que si se empiezan a marcar los riesgos no registrados se puede denunciar que la ART no lo hizo. Porque una de las funciones que tiene la ART es la de recorrer la fábrica, hacer un relevamiento y proponer un plan de trabajo de mejoramiento. Si la empresa no lo cumple debe denunciarlo a la SRT. Las ART no denuncian a las empresas porque son sus clientes, en términos económicos. En este sistema la mejor ART es la que mejor cuida las ganancias de las empresas no la salud de los trabajadores.
Los trabajadores tienen muchas tareas para realizar en el tema. En primer lugar realizar el mapa de riesgo en cada puesto de trabajo. Empezar a relevar de qué se enferma la gente, de qué se accidenta.
Hay que empezar a presionar a las empresas y las negociaciones paritarias pueden ser una vía importante. En muchos casos los gremios se han desentendido de la cuestión.
Cada uno en su lugar de trabajo tiene que estudiar el convenio, el estatuto, en relación con la ley porque la ley es ley nacional y nada puede quedar por encima de la ley. Las tareas son muchas y es necesario ponerse con seriedad a elaborar una estrategia. Un tema insoslayable es empezar a trabajar en lo referido al delegado de prevención. Esta puede ser una herramienta fundamental en cada fábrica.
Por otro lado en estos momentos se discuten modificaciones a la ley y los sectores empresarios presionan en dirección a sus intereses. Se impone conocer el debate y participar desde el punto de vista de los sectores trabajadores.

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