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Proyecto de ley sobre Traducción al Braille [28/05/2007]
LEGISLATURA DE LA PCIA. DE BS.AS. Por Stella Prunotto El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Artículo 1º: Dispóngase que en un término de ciento ochenta (180) días a partir de la promulgación de la presente ley, la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires deberá traducir al sistema Braille toda ley, decreto o reglamentación, que sean de interés específico o de incumbencia de personas con discapacidad visual. Artículo 2º: El Consejo Provincial para las Personas Discapacitadas remitirá anualmente a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires un listado de prioridades de traducción. Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. (*) Senadora Provincial También en Proyectos de ley vinculados a Discapacidad Proyecto de ley para la inclusión en hospitales públicos Proyecto de ley sobre la Convención de los derechos de las personas con discapacidad SENADORES BASUALDO - RODRIGUEZ SAA DIPUTADOS ROMAN, SOTO, DE LA ROSA Proyecto de ley sobre derecho a prestaciones básicas DIPUTADOS NACIONALES BRUE, NIEVA, OLIVA, ARTOLA Proyecto de ley sobre accesibilidad a hoteles, albergues o alojamientos turísticos ESTADO PARLAMENTARIO: 16/08/06 Proyecto de ley sobre estimulación temprana universal SENADORA ADA MAZA Proyecto de ley sobre modificación del código civil respecto al propio curador SENADOR MARCELO GUINLE Proyecto de ley sobre Superintendencia de servicios de salud DIPUTADO NACIONAL ATANASAOFF Proyecto de ley sobre creación de defensoría de personas con discapacidad ESTADO PARLAMENTARIO: 14/06/06 |
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