html. CTA - Central de los Trabajadores Argentinos - Proyecto de ley sobre emisión de las boletas para el pago de impuestos y servicios públicos en sistema Braille

Principal : Secretaría de Discapacidad : Legislación : Proyectos de ley vinculados a Discapacidad


Otras secciones...

Documentos (archivo)

Afiliación

Fed.Nacional de Salud

Fed.Trab. de la Energía

Fed.Trab. de la Industria

Sec. Cultura

Sec. Derechos Humanos

Sec. Discapacidad

Sec. Género

Sec. Juventud

Sec. Salud Laboral

Trab. Autogestionados

Observatorio Juridico

Ediciones CTA

Mi Correo

 

Proyecto de ley sobre emisión de las boletas para el pago de impuestos y servicios públicos en sistema Braille

[31/07/2006] PROVINCIA DE BS.AS. DIPUTADO LUIS BRUNI

ARTICULO 1º: El Estado Provincial estará obligado a emitir las boletas para el pago de impuestos y servicios públicos impresas en sistema Braille cuando los contribuyentes, usuarios o consumidores lo soliciten en razón de sufrir discapacidad visual.

ARTICULO 2º: Encomiéndase al Poder Ejecutivo la realización de las gestiones necesarias ante las empresas prestadoras de servicios públicos privatizados a fin de que adhieran a lo dispuesto en el Artículo anterior.

ARTICULO 3º: Las facturas emitidas por las empresas que resulten adjudicatarias de nuevas concesiones de servicios públicos, deberán ajustarse a lo dispuesto en el Artículo 1º.

ARTICULO 4º: La obligación establecida en el Artículo 1º no será exigible para los casos en que las prestatarias emitan boletos, pasajes o tiques, o estén alcanzadas por el Decreto 2744/04.

ARTICULO 5º: Invítase a las Municipalidades a adoptar similar criterio en relación con la impresión de sus tasas y el cobro de los servicios públicos, prestados por sí o a través de concesiones otorgadas.

ARTICULO 6º: De forma.

- F U N D A M E N T O S

"La Integración no sólo es beneficiosa para quien accede a nuevas posibilidades de desarrollo, sino también para quienes la propician, pues se construye una sociedad mucho más humana, democrática y solidaria”; con esas palabras de María Laura Meza la Dirección Provincial de Rentas comunicó hace poco tiempo atrás que ese organismo se encontraba preparado para emitir las boletas de pago de los impuestos que recauda impresas en Sistema Braille en los casos en que los contribuyentes así lo solicitaren, dando un claro ejemplo de trabajo en pos de la genuina integración y testimoniando que, como bien lo expresara la voluntaria luchadora en pos de la integración, ambos se beneficiarían con la medida: los contribuyentes y el organismo recaudador.

La presente iniciativa que pongo a consideración de los señores legisladores está dirigida en el mismo sentido que la de la Dirección de Rentas señalada anteriormente; y propone establecer la obligatoriedad para el Estado Provincial y para las empresas prestadoras de servicios públicos de emitir sus facturas y boletas de pago de impuestos impresas en Sistema Braille cuando los usuarios o consumidores, o los contribuyentes así lo soliciten en virtud de sufrir discapacidad visual.

El Braille es un medio táctil, a través de la yema de los dedos, de lectura y escritura, consistente en 63 combinaciones a partir de seis puntos en relieve organizados de forma parecida a los del dominó.
Mediante este sistema las personas que no ven nada, o aquellas que su resto visual no les permite la lectura en tinta, pueden leer e intercambiar información tanto con otras personas con ceguera o con personas que ven.

Como a todos nos pasa, cuando llega una boleta impositiva o una factura de un servicio recibido, lo primero que hacemos es mirar el importe que deberemos abonar, tomar nota del vencimiento de la misma y conocer otros muchos detalles de interés sobre el consumo registrado o sobre las condiciones del servicio o del impuesto liquidado. Esta simple operación, de rutina e imperceptible para la gran mayoría, se torna imposible para la persona con discapacidad visual quien, de esa forma, sufre una nueva discriminación que se agrega a las muchas que diariamente debe enfrentar por su problema de salud.

Vale recordar, en este punto, que es responsabilidad del Gobierno Provincial velar por el principio de igualdad entre los hombres, no como igualación absoluta, sino como igualdad relativa a través de la compensación de las desigualdades naturales.

El proyecto en cuestión encomienda también al Poder Ejecutivo realice las gestiones ante las empresas que presten servicios públicos privatizados, para invitar a las mismas a adoptar similar criterio en relación con la facturación de los servicios prestados a sus clientes.
Asimismo, invita a los Municipios de nuestra Provincia a realizar lo mismo en relación con las tasas que los mismos perciben y con los servicios que brinda, por sí o a través de concesionarios.

De esta forma, desde la legislación estaremos acompañando una plausible medida adoptada por el Gobierno Provincial, que es necesario extender gradualmente al universo de los servicios públicos y de las obligaciones tributarias en pro de la integración y la humanización del burocrático mundo del Estado y al de las empresas prestadoras de servicios públicos.

Por las razones expuestas, les pido a los señores Diputados tengan la amabilidad de acompañar con su voto el presente proyecto.

También en Proyectos de ley vinculados a Discapacidad

Proyecto de ley para la inclusión en hospitales públicos

Proyecto de ley sobre la Convención de los derechos de las personas con discapacidad

Proyecto de ley sobre Traducción al Braille

Proyecto de ley sobre un régimen legal de protección a las personas con Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad

SENADORES BASUALDO - RODRIGUEZ SAA
PROYECTO DE LEY ESTABLECIENDO UN REGIMEN LEGAL DE PROTECCION A LAS PERSONAS CON TRASTORNO POR DEFICIT DE ATENCION CON HIPERACTIVIDAD ( TDAH )
EXPEDIENTE NUMERO 3207/06

Proyecto de ley sobre modificación de la ley de Institución del Sistema de Protección Integral de las Personas Discapacitadas

DIPUTADOS ROMAN, SOTO, DE LA ROSA
Giro a comisiones: DISCAPACIDAD, LEG. DEL TRABAJO, PRESUPUESTO
Nº de Expediente 5865-D-2006
Trámite Parlamentario 145

Proyecto de ley sobre derecho a prestaciones básicas

DIPUTADOS NACIONALES BRUE, NIEVA, OLIVA, ARTOLA
Nº de Expediente 5817-D-2006
Trámite Parlamentario144

Proyecto de ley sobre accesibilidad a hoteles, albergues o alojamientos turísticos

ESTADO PARLAMENTARIO: 16/08/06
BONICATTO CARLOS EDUARDO

Proyecto de ley sobre estimulación temprana universal

SENADORA ADA MAZA
EXPEDIENTE NUMERO 3022/06

Proyecto de ley sobre modificación del código civil respecto al propio curador

SENADOR MARCELO GUINLE
EXPEDIENTE NUMERO 3146/06
)MODIFICADO POR S-3335/06)

Proyecto de ley sobre Superintendencia de servicios de salud

DIPUTADO NACIONAL ATANASAOFF
Nº de Expediente: 2104-D-2006
Trámite Parlamentario: 40


Secciones...

En esta sección...

Proyecto de ley para la inclusión en hospitales públicos

Proyecto de ley sobre la Convención de los derechos de las personas con discapacidad

Proyecto de ley sobre Traducción al Braille

volver a comienzo sección